NEUQUÉN (AN).- El TSJ escuchó a las partes y en 40 días emitirá la sentencia.
Seis de la siete organizaciones "amigas del tribunal" respaldaron el argumento principal de la demanda contra el gobierno provincial por la municipalización de Villa Pehuenia: la consulta a las comunidades mapuches como paso previo a cualquier proyecto o medida que pueda influir en su modo de vida.
Las organizaciones remarcaron la vigencia de los convenios y tratados internacionales en el orden jurídico nacional y no dudaron en la obligación que representa para los Estados la consulta a las comunidades indígenas que habitan el territorio, previo a tomar una decisión que pueda influir en su modo de vida.
Las partes abrieron las exposiciones. Juan Manuel Salgado, abogado de la confederación y de la comunidad Catalán; y luego Juan Carlos Fernández, por el gobierno provincial.
Para Salgado, "el juicio se limita a la obligación de la consulta previa y a la validez de una norma, en este caso la ley que creó el municipio de Villa Pehuenia (2.439), sancionada en estas condiciones". Respaldó su argumento con el convenio 169 de la OIT, que obliga a la consulta y establece que debe ser "previa, de buena fe, adecuada a las instituciones indígenas, de alcance amplio y no debe agotarse en la mera información".
La representante del CELS, Silvia Zimerman, fue contundente en favor del reclamo mapuche. "Nadie dice que el Estado no pueda crear un municipio, sino que hay pautas que debe seguir", destacó. Al igual que minutos antes habían detallado las otras organizaciones, sostuvo que los términos para la consulta deben surgir desde los modos de las comunidades, y no desde lo que para "la cultura hegemónica" resulte apropiado. "Jurídicamente es claro: el Estado no podía sancionar la ley sin consultar", sentenció.