Iniciativa de senadores Navarro y Girardi establece dicho beneficio a los indígenas condenados por delitos terroristas. Ellos deben renunciar a la violencia. Ocho mapuches y una activista pro indígena condenados por delitos terroristas, entre los cuales se encuentran cuatro que realizan una huelga de hambre líquida, serían los únicos beneficiados con la libertad vigilada propuesta en un proyecto de ley "a medida" presentada por el senador Alejandro Navarro (PS) y el PPD Guido Girardi. Dos de ellos están prófugos. La iniciativa legal busca concederles la libertad condicional, previo compromiso de los condenados a no utilizar la violencia en la reivindicación de los derechos establecidos en la Ley Indígena, precisó el senador Girardi, luego de dar a conocer la posible solución político-jurídica al prolongado ayuno que mantiene movilizadas a organizaciones mapuches y de derechos humanos. El proyecto, al cual los mapuches piden extrema urgencia en su tramitación, no es un indulto, amnistía o conmutación de pena, puesto que el beneficio de la libertad vigilada durará todo el tiempo que les falte para cumplir su condena. En el tiempo restante, los beneficiados deberán someterse a un estricto mecanismo de vigilancia ejercido por la autoridad penitenciaria. "El proyecto busca que se cambie la pena -plantea Girardi-, que se logre la libertad, porque se establece un instrumento que es libertad condicional vigilada, a cambio de que estas personas se comprometan a no perseverar en su estrategia de violencia. Es un instrumento concreto y específico para este caso. Sólo para las nueve personas que están afectadas. No es genérico. Es rápido, pero no inmediato", acotó el senador PPD. En su artículo único, el proyecto de los senadores señala: "A los condenados a penas privativas de libertad por delitos contemplados en la Ley 18.314, que fija la penalidad por conductas terroristas y además, en su caso, condenados por delitos sancionados en otros cuerpos legales, en causas relacionadas con peivindicaciones violentas de derechos consagrados en la Ley 19.253, se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional, siempre que los hechos punibles hayan ocurrido entre el 1 de enero de 1997 y el 1 de enero de 2006, y los condenados suscriban en forma previa una declaración favorable al no uso de la violencia en la reivindicación de derechos establecidos en la Ley 19.253 y en el derecho internacional de los pueblos indígenas". Girardi y Navarro tienen el desafío de convencer a sus socios de la Concertación. Manuel Camilo Vial, Obispo de Temuco. "Hay problemas con las tierras, con los estudiantes y ahora con la aplicación de una ley antiterrorista. Los mapuches se sienten discriminados". Eduardo Klein, Intendente de la IX Región. "Lo digo categóricamente: los cuatro huelguistas no van a perder la vida. La vida es lo más valioso que tenemos y la vamos a proteger por todos los medios. Gendarmería presentó un recurso de protección a favor de los ayunantes y está preparada para intervenir, aunque sea por la fuerza". Francisco Huenchumilla, Alcalde de Temuco. "Es perfectamente legítimo que personas que han sido condenadas puedan pedir a la autoridad indultos, amnistías u otras medidas. Y la autoridad tiene que dar una respuesta y no dilatar en el tiempo la solución de una grave situación". Cristian Dulansky, Seremi de Justicia de la IX Región. "Vamos a adoptar todas las medidas para garantizar la vida de los cuatro huelguistas. No nos vamos a hacer cómplices de suicidios". LOS POSIBLES BENEFICIADOS Patricia Troncoso Robles. Pena de 10 años por incendio terrorista del fundo Poluco-Pidenco e indemnización de $ 423 millones a Forestal Mininco (2001). Jaime Marileo Saravia. 10 años por incendio del fundo Poluco-Pidenco e indemnización a Mininco (2001). Juan Marileo Saravia. 10 años por incendio del fundo Poluco-Pidenco e indemnización a Mininco (2001). Juan Huenulao Lielmil 10 años por incendio del fundo Poluco-Pidenco e indemnización a Mininco (2001). José Huenchunao Mariñan. (prófugo): 10 años por incendio del fundo Poluco-Pidenco e indemnización a Mininco (2001). Pascual Pichún Paillalao, 5 años por amenaza terrorista a J. A. Figueroa (2001). Federico Licán Millaqueo, Prófugo. 10 años por incendio del fundo Poluco-Pidenco e indemnización a Forestal Mininco (2001). Aniceto Norín, 5 años por amenaza terrorista a Juan Agustín Figueroa (2001). Víctor Ancalaf Llaupe, 5 años por incendio terrorista en la central Ralco del Alto Biobío. El Mercuriod, Sábado 13 de mayo de 2006 (2006-5-13)