un largo camino y está en marcha. En todos los países con población aborigen su trayectoria tiene ciertas similitudes y diferencias, pero siendo un tema tan extenso, me limitaré al comentario de breves aspectos del medio americano, particularmente del californiano que en mi opinión fue manejado con buen criterio y practicidad. Los resultados están a la vista. Río Negro (Viedma), 2 de diciembre de 2003. 

 
Viedma, 2 de diciembre de 2003.

El derecho indígena


El derecho indígena es un aspecto relativamente poco conocido por el gran público, tal vez porque no afecta directamente su vida como el derecho a la privacidad, la libertad de expresión, de creencia religiosa, el libre comercio e industria, el derecho de propiedad, etc. Los medios esporádicamente lo mencionan, no en medida destacada como para impresionar a la opinión popular. En algunos países donde existen problemas indígenas, el derecho de los indios ni siquiera está incluido en el plan de estudios de las escuelas de derecho. Por esta circunstancia, al observador extranjero que viene a los Estados Unidos le llama la atención el buen desarrollo adquirido por el "Indian Law" en universidades de renombre y en la legislación federal y estatal. Hay importantes firmas de servicios legales especializadas en el Indian Law.
 

Trascendencia histórica

El derecho indígena ha recorrido un largo camino y está en marcha. En todos los países con población aborigen su trayectoria tiene ciertas similitudes y diferencias, pero siendo un tema tan extenso, me limitaré al comentario de breves aspectos del medio americano, particularmente del californiano que en mi opinión fue manejado con buen criterio y practicidad. Los resultados están a la vista.

Muy posiblemente fuimos impactados por coloridos filmes del far-west, esos "western" donde la aparición de emplumados indios es característica. Así, influenciados por ese mundo de fantasía, podríamos ser inducidos a pensar que los indios son una exitosa creación teatral de Hollywood. Existen, siempre existieron. Y cualquiera puede verlos y tratar con ellos... Basta con visitar una reserva india, que es una fracción territorial del dominio público destinada al uso de una tribu, donde los visitantes son bienvenidos.

En California hay más de cien tribus indias oficialmente reconocidas por leyes federales. Es el Estado que tiene mayor cantidad de asentamientos. Hasta el presente sesenta tribus han firmado "Compacts" con el Estado de California. "Compact" es un término legal generalmente preferido para designar los acuerdos con los indios. Es un contrato.
 

La Constitución Federal y la inmunidad soberana

La Constitución de 1787, como fuente legal suprema, ya incluyó limitados derechos indígenas en el Artículo 1 y la Enmienda 14.

En esa época las llamadas "naciones indias" vivían en un estatus vago, indefinido "sui generis". Recién en 1924 se reconoció oficialmente a todos los indios como ciudadanos americanos en forma irrestricta. Anteriormente sólo podían votar los indios que pagaban tax (impuestos federales) que, en definitiva, eran los únicos oficialmente registrados.

La Suprema Corte (federal) y las cortes estatales se ocuparon del perfeccionamiento y desarrollo del Indian Law que originalmente es una parte de la Federal Law.

Conviene tener en cuenta que la acepción legal de "indio" incluye también a los esquimales, los aleutianos y en general a los descendientes de cualquier grupo étnico nativo, preexistente en el actual territorio de los Estados Unidos al momento de la Declaración de la Independencia (1776). Este concepto es menos conocido y mencionado.

La tribu es un grupo de indios de igual o similar raza unificado en comunidad bajo u liderazgo o gobierno único y asentado en un territorio determinado. El término "tribu" es, en muchos casos, intercambiable con "nación" o "subtribu". El elemento esencial está basado en la estrecha relación y la estructura comunitaria del grupo étnico así conformado con sentido de permanencia.

Existen un poco más de quinientas tribus registradas oficialmente en los Estados Unidos.

La Ley Federal reconoce autoridad soberana a las tribus indias para gobernarse por sí mismas. Esta autoridad generalmente es igual a la de los estados y en determinados aspectos es aun mayor . Las tribus indias están protegidas por la doctrina de la inmunidad soberana, que es el máximo privilegio atribuible a un grupo humano por la ley.

La legislación vigente comprende numerosas leyes federales relacionadas con el derecho indígena como "Indian Reorganization Act" e "Indian Civil Rights Act" (conocida como "Indian Bill of Rights". El 28 U.S.C Sect 1360 establece la jurisdicción civil federal y estatal en acciones de las cuales los indios son parte.

El poder de gobierno otorgado a la tribus abarca no solamente a sus miembros, sino que cubre asimismo a cualquier persona dentro de la reserva india. Incluye el poder de fijar tax (impuestos) y de regular el derecho de propiedad, de normar la conducta individual y de sancionar el incumplimiento que eventualmente pueda comprobarse. El no miembro de la tribu que compra propiedad inmueble dentro de la reserva india recibe solamente un derecho de uso y goce con características de trust. La propiedad del suelo sigue perteneciendo a la reserva india, que también cobra el impuesto a la propiedad que esté vigente y puede imponer otras regulaciones a los moradores de tierras indias.

Como anécdota relacionada puedo contar una experiencia personal: poco tiempo atrás visitamos una reserva india cercana a San Diego. Como era la hora del almuerzo, fuimos a estacionar frente a un restaurante. El 'parking' estaba casi completo. Los pocos espacios vacíos quedaban lejos de la entrada al salón. Sin embargo, había espacio libre para varios autos en el lugar más próximo a la puerta de ingreso. Un cartel bien visible decía que ese espacio era reservado para los jefes tribales (que entonces brillaban por su ausencia).

Dada nuestra premura, un pasajero me sugirió estacionar en ese lugar reservado. Habiendo leído Indian Law me abstuve. Fue una decisión prudente. Minutos después, desde la ventana del restaurante, vimos cómo otro automovilista pagaba multa a un indio por haber estacionado mal. En esos casos lo más barato es pagar y no arriesgar un costoso pleito en jurisdicción de la reserva india. Las reservas indias son enclaves especiales subordinados a la jurisdicción federal y colateralmente estatal, pero con autonomía funcional, lo que les confiere gran libertad de maniobra.
 

La industria de los juegos: los casinos indios

Años atrás quienes en California querían desafiar la rueda de la fortuna o simplemente alejarse de la vida rutinaria debían ir a Las Vegas, en el vecino Estado de Nevada. Todavía eso se hace. Pero no porque sea absolutamente necesario.

La industria del juego florece en los nuevos casinos indios, donde se pueden tirar unas fichitas y pasar el tiempo confortablemente a precios moderados. Alrededor de ellos se elevan modernos hoteles y rutilantes luces multicolores iluminan la noche desde las marquesinas de los shows. Como incentivo, los clientes pueden acceder a excelente comida a precios muy bajos, porque los casinos no ganan con su oferta gastronómica sino con la satisfacción del cliente para que vuelva y siga jugando complacido. A Las Vegas y Reno (Nevada) los enfrenta ahora un competidor californiano que está creciendo a pasos agigantados.

No creo que sea la venganza de una raza buscando reivindicaciones por otros medios pacíficos. Es más bien la constante e imaginativa lucha por la supervivencia económica.

La industria del juego indio en California se inició en 1987, cuando la Suprema Corte de los Estados Unidos en el caso "California vs. Cabazon Band of Mission Indians –480 U.S 202" decidió que las tribus indias tienen derecho a ofrecer juegos de azar y construir casinos en territorio tribal indígena. Pero el desarrollo sostenido recién se aceleró luego de que la ciudadanía californiana votó -en 1988 y en el 2000- en favor de conceder licencia a los casinos indios. Es que si no hubiera sido así, lo mismo el dinero de los jugadores californianos se hubiera gastado en los casinos de Nevada. Era mejor que quedara y generara ocupación en casa. Las nuevas leyes vigentes dan a las tribus e inversores una completa seguridad legal, por lo cual la industria de los juegos en las reservas floreció. Actualmente operan en California 51 casinos indios y otras tribus están trabajando en el proceso de firmar "compacts" con el Estado californiano.

Los ingresos de los casinos indios en California están estimados en 3.400.000.000 de dólares y los de todo el país en su conjunto superan levemente los $ 14.000.000.000. El impresionante monto dinerario de retorno a su vez es aplicado por las tribus indias a emprendimientos comerciales de todo tipo como ser bancos, hospitales, campos de golf, escuelas, complejos recreativos vacacionales y participación accionaria en grandes corporaciones que rinden una jugosa recaudación impositiva al Estado. Frecuentemente los casinos son operados contractualmente por corporaciones de terceros (no indios) especializadas en ese tipo de industria. Las entradas permiten a los indios ese lujo.

La complejidad de los emprendimientos asentados físicamente o dirigidos desde las reservas indias ha contribuido al crecimiento y desarrollo del Indian Law para responder a las sofisticadas transacciones que se realizan en el también cambiante mundo de los negocios. Las tribus indias aprendieron muy bien la lección y seguramente ya no entregarán más su oro, bienes y futuro a cambio de un espejito.
 

Por Roberto G. Eustaquio
Abogado - Encinitas, California
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