El documento corresponde a la resolución de la demanda que el 1 de agosto de 1927 interpuso la reducción de Antonio Ñirripil -actual Temulemu- contra el agricultor Cardenio Lavín por ocupar desde "hace más de veinte años" un terreno que pertenecía a la reducción, según el título de merced otorgado el 20 de marzo de 1884. El juez Bisquertt sentenció que "ha lugar la restitución de las 58,4 hectáreas a que se refiere la demanda" y agregó que también "ha lugar a la restitución de los frutos percibidos" desde la fecha que se interpuso la demanda. Tercera en Internet, 26 de Enero de 1999 

 Proyecto de Documentación Ñuke Mapu
 
 
 
NACIONAL CRONICA 
26 de Enero de 1999 
   
 
Reclamo de tierras de comunidad Temulemu
Documento avala exigencias mapuches 

Las etnias plantean que, según la sentencia emitida en septiembre de 1930 por el juez de indios, Gustavo Bisquertt, 58,4 hectáreas, actualmente en manos de la forestal Mininco son de su propiedad.

 
Eduardo Rossel 

Una copia del documento judicial en el que la comunidad mapuche Temulemu,de la Novena Región, basa sus reclamos territoriales hizo llegar a la redacción del diario La Tercera el abogado José Lincoqueo, quien representa a los indígenas.

 La comunidad de Temulemu reclama que, de acuerdo con la sentencia que emitió el juez de indios, Gustavo Bisquertt Susarte en la ciudad de Victoria, el 13 de septiembre de 1930, 58,4 hectáreas ubicadas al interior del fundo Santa Rosa de Colpi -actualmente en manos de la empresa forestal Mininco- son de su propiedad.

 El documento corresponde a la resolución de la demanda que el 1 de agosto de 1927 interpuso la reducción de Antonio Ñirripil -actual Temulemu- contra el agricultor Cardenio Lavín por ocupar desde "hace más de veinte años" un terreno que pertenecía a la reducción, según el título de merced otorgado el 20 de marzo de 1884.

 Luego de cuatro considerandos, el juez Bisquertt sentenció que "ha lugar la restitución de las 58,4 hectáreas a que se refiere la demanda" y agregó que también "ha lugar a la restitución de los frutos percibidos" desde la fecha que se interpuso la demanda.

 

CONFIRMADA

El 6 de noviembre de 1930 la sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones, ya que el título de merced "fue aprobado por Decreto Supremo el 13 de enero de 1885".

 A pesar de que la sentencia del juez de indios fija un plazo de 40 días para hacer entrega de los terrenos demandados, el abogado Lincoqueo señala que recién en marzo de 1998 (68 años después) se les entregó copia de la sentencia en que basan sus reclamos y por la cual presentaron una demanda contra el Estado de Chile y la forestal Mininco en el Segundo Juzgado de Temuco.

 

 

La Tercera Internet 
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