El máximo tribunal discutió el tema en el Pleno del 25 de julio, debate que estuvo lejos de ser consensuado. Dos días después, hizo llegar a la Cámara Baja su informe, en el cual no hay una recomendación mayoritaria, sino que, por el contrario, discrepancias de fondo entre los magistrados. Además, pone de manifiesto la relevancia que tiene en diversas materias el perfil de quien ocupa cada asiento de la Corte Suprema, ello, a la luz de las tres vacantes que deben ser llenadas este año por el Presidente Sebastián Piñera.
Desde el primer minuto la llamada “Ley Hinzpeter” —que busca “fortalecer el resguardo del orden público”— ha sido epicentro de múltiples críticas por establecer restricciones excesivas a los derechos de expresión, de reunión y criminalizar a los manifestantes. Y el informe que la Corte Suprema envió a la Cámara de Diputados sobre dicho proyecto no está ajeno a ese intenso debate. Es más, quedan claras las fuertes discrepancias entre los magistrados al respecto, cuyas posiciones oscilan entre quienes se alinean a cabalidad con la iniciativa gubernamental y quienes consideran que atenta contra las bases del ordenamiento jurídico.El máximo tribunal discutió el tema en el Pleno del 25 de julio, debate que estuvo lejos de ser consensuado. Dos días después, hizo llegar a la Cámara Baja su informe, en el cual no hay una recomendación mayoritaria, sino que, por el contrario, discrepancias de fondo entre los magistrados. Además, pone de manifiesto la relevancia que tiene en diversas materias el perfil de quien ocupa cada asiento de la Suprema, ello, a la luz de las tres vacantes que deben ser llenadas este año por el Presidente Sebastián Piñera, quien debe escoger un candidato de la quina que el jueves pasado dicha corte le envió.
La objetada Ley Hinzpeter “agrava la pena” a los desórdenes públicos “cuando se actúa encapuchado o con otro elemento que impida, dificulte o retarde la identificación del hechor”, argumentando que “los ciudadanos que ejercen legítimamente sus derechos, no necesitan ocultar su identidad, como sí lo harían quienes buscan contravenir el orden público y evitar las consecuencias de dichos actos”. Fortalece la protección de la autoridad, incluyendo a las Fuerzas de Orden y Seguridad cuando actúan en el ejercicio de su labor de resguardo del orden público, considerando como equivalentes las agresiones a estas con los atentados contra la autoridad. Para ello, principalmente, se propone eliminar la pena de multa manteniendo la de privativa de libertad en el rango de presidio menor en su grado medio, a quienes “hubieren incitado, promovido o fomentado los desórdenes u otro acto de fuerza o violencia”.
Y, con el objetivo de facilitar la obtención de medios de prueba, se incorpora la facultad a las policías de solicitar “la entrega voluntaria” de grabaciones, filmaciones u otros medios electrónicos que puedan acreditar delitos o participación en ellos, sin orden previa del fiscal.
Los más críticos
Los supremos Milton Juica, Juan Araya, Carlos Künsemüller y el ministro suplente Juan Escobar plantearon que no hay disposiciones relacionadas con la organización o atribuciones de los tribunales, por lo que no corresponde emitir dictamen. Sin perjuicio de ello, advirtieron que “las reformas que se proponen al Código Procesal Penal constituyen una seria afección a los principios de igualdad y de inocencia”.
Para los ministros Hugo Dolmestch, Haroldo Brito y Carlos Cerda (suplente y que también es parte de la quina que evalúa el Presidente) tampoco hay materias que requieran pronunciamiento, pero pusieron el acento en que cuando un proyecto “afecta los basamentos del ordenamiento jurídico chileno, es deber del máximo tribunal manifestar su parecer” y en esa línea, los tres jueces consideran que en su concepto la Ley Hinzpeter “se encuentra precisamente en esa situación, razón por la cual son de la opinión de informarlo desfavorablemente”.
Incluso, estos ministros, van más allá y detallan que los cambios que se quieren introducir al Código Penal atentan contra la base del principio de legalidad en materia penal (artículo 19 de la Constitución) y que crear nuevas figuras penales, implica casi un cheque en blanco. “Hacer punible la participación en desórdenes por el sólo hecho que de ellos se produzcan estos resultados, supone consagrar un tipo penal en blanco que contraviene el nº 3 del citado artículo 19”, advirtieron.
Critican que se ponga “en tela de juicio la real eficacia y operatividad de la libertad de información”, si se permite a las policías “hacerse” del material captado y registrado en las manifestaciones. También establecen reparos a “permitir la privación de libertad de personas con el sólo mérito de la imputación policial”, lo que no se condice —argumentan— con los principios y normas del racional y justo procedimiento consagrado en la Constitución.
El ministro Sergio Muñoz apoyó en su totalidad estas objeciones e hizo hincapié en que es un “error” entender a la Corte Suprema con una participación y cooperación mínima con los poderes colegisladores. “Constituye la instancia constitucional mediante la cual le está permitido contribuir a generar y perfeccionar la legislación, mediante la expresión de su parecer respecto de las disposiciones que deberá aplicar”, precisó.
Los aliados
Cien por ciento alineados con la “Ley Hinzpeter”, en el informe están los ministros Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa Egnem y Alfredo Pfeiffer —en condición de suplente y que por derecho propio encabeza la quina que Piñera tiene en su escritorio—, quienes sostuvieron que se debía informar favorablemente la iniciativa legal en su totalidad. Respecto a esta posición, los magistrados Rubén Ballesteros, Nibaldo Segura, Héctor Carreño, Pedro Perry, María Eugenia Sandoval y Juan Eduardo Fuentes, precisaron que la iniciativa legal contempla modificaciones de carácter sustantivo que, si bien “no corresponde analizar” de acuerdo a la Constitución y la L.O.C del Congreso, debido a que “dichas materias no dicen relación con la organización y atribuciones de los tribunales”, consideran pertinente “informar favorablemente” el incorporar nuevos delitos.
El ministro Ballesteros, además, precisó que se debía informar “favorablemente” la actuación de las policías sin orden previa que establece el proyecto, como aquella sobre la detención a quien “contravenga las reglas que la autoridad dictare para conservar el orden público o evitar que se altere”.
El juez pide considerar la “preocupación que surge en sectores de la comunidad nacional y organismos internacionales” ante la Ley Hinzpeter, para así tener —dijo— un estudio más acabado del proyecto en el Congreso y que se recoja debidamente “la necesidad del Gobierno de cumplir con su obligación” de mantener el orden público y por otro lado, resguardar efectivamente los derechos ciudadanos.
La comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados tiene en tabla analizar hoy este oficio de la Suprema e incluso votar en particular el proyecto, que está en su primer trámite, lo que puede variar. En todo caso, el informe del máximo tribunal será insumo clave para el ácido debate parlamentario en este tema.