Fallo de la Corte de Apelaciones anuló dos de los tres cargos contra el dirigente mapuche, e impuso la pena más baja contemplada para el delito del que se le acusa. La más baja de las penas contempladas por la ley que sanciona conductas terroristas para el delito de incendio, aplicó la Corte de Apelaciones de Concepción, al dirigente mapuche y ex vocero de la Coordinadora de comunidades en conflicto Arauco-Malleco, Víctor Ancalaf Llaupe, quien permanece en la cárcel El Manzano de Concepción, desde noviembre de 2002. Ancalaf fue detenido por orden del ministro instructor Diego Simpértigue Limare, quien investigó los atentados en contra de camiones que laboraban en la construcción de la represa Ralco, en Alto Biobío, en virtud de un requerimiento del gobierno. La tercera sala del tribunal determinó anular los cargos por los atentados incendiarios cometidos el 29 de septiembre de 2002 -en que dos camiones tolva y una retroexcavadora resultaron destruidos, por la acción de seis encapuchados-, y el 3 de marzo de 2003 -cuando otro vehículo de carga ardió en llamas-, por no existir pruebas ni testimonios creíbles que puedan involucrar al dirigente mapuche en los hechos. Sin embargo, en el caso del último incidente, del 17 de marzo de 2002, la Corte estimó que existen presunciones fundadas de la participación de Ancalaf en calidad de autor, por lo que le aplicó la la pena de cinco años y un día, presidio mayor en su grado mínimo. La defensa del dirigente mapuche, a cargo del abogado Roberto Celedón, está estudiando los detalles del fallo -al cual tuvo acceso ayer- para presentar un recurso ante la Corte Suprema, el que, dependiendo de lo que decida el profesional, puede ser de casación o queja. El profesional, tras los alegatos, dejó anunciado que llegará, de ser necesario, hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El Sur, 06 de junio, 2004 (2004-6-6)