El abogado de esa familia mapuche, Germán Pollitzer explicó que por un lado "reconoce con amplitud" los derechos de las comunidades originarias, consagrados en legislación nacional e internacional, y "eso es muy bueno". Sin embargo, puntualizó que "no define sobre la cuestión territorial y todavía estamos esperando por un juez en la Argentina que se anime a dictaminar que es causal de nulidad la falta de consulta sobre decisiones administrativas o políticas que afecten a las comunidades". Pollitzer prefirió no anticipar qué actitud asumirán los Vera respecto de una eventual apelación, pero insistió que "en nada altera" las actuales negociaciones. Rio Negro (Viedma), 11 de abril de 2003. 

 

Rio Negro (Viedma), 11 de abril de 2003.
 

Mapuches no cambiarán negociaciones

Lo aseguraron tras el rechazo a un planteo judicial por Chapelco

SAN MARTIN DE LOS ANDES- El fallo judicial que rechazó un planteo de inconstitucionalidad sobre la ley de municipalización del cerro Chapelco, "en nada modifica las negociaciones ni acuerdos alcanzados sobre la escrituración de tierras para la comunidad Vera", dijo el abogado de esa familia mapuche, Germán Pollitzer.

De este modo, el asesor legal echó por tierra con especulaciones sobre un eventual distanciamiento de la relación que estableció la familia Vera con el gobierno provincial, y que acaba de cristalizarse en la escrituración del lote 69B, una de las fracciones que la comunidad reclama en torno de cerro Chapelco.

El miércoles, la jueza Civil de la Cuarta Circunscripción, Norma González de Galván, no hizo lugar a un recurso de amparo planteado por la comunidad Vera contra la constitucionalidad de la ley 2388, que dispuso la municipalización de las tierras que ocupa el centro de esquí, con la futura transferencia del dominio provincial al comunal.

La familia Vera planteó el recurso el pasado año, por considerar que la norma lesionaba sus derechos territoriales, pero la jueza -sin expedirse sobre la legitimidad de las demandas por las tierras-, advirtió que de la ley 2388 no surge lesión al derecho del amparista.

En todo caso, señaló que los argumentos expuestos en el recurso son opinables y exigen amplitud de pruebas que exceden el marco "rápido" del amparo, razón por la cual rechazó el recurso.

En diálogo con este diario, Pollitzer dijo que el fallo "tiene algo de bueno y algo de malo" para sus clientes y para las comunidades aborígenes de la Argentina en general. Explicó que por un lado "reconoce con amplitud" los derechos de las comunidades originarias, consagrados en legislación nacional e internacional, y "eso es muy bueno".

Sin embargo, puntualizó que "no define sobre la cuestión territorial y todavía estamos esperando por un juez en la Argentina que se anime a dictaminar que es causal de nulidad la falta de consulta sobre decisiones administrativas o políticas que afecten a las comunidades".

Con todo, Pollitzer señaló que el recurso fue un factor de presión importante en la disputa por la escrituración del lote 69B, que se resolvió antes de que la jueza emitiera su sentencia.

En ese sentido, dijo que "el fallo en nada altera los acuerdos alcanzados ni las negociaciones en marcha". En efecto, a la escrituración del lote 69B seguirá la mensura y definición de la transferencia de dominio del lote 69A, que llega más allá de la base del centro de deportes de invierno.

Pollitzer prefirió no anticipar qué actitud asumirán los Vera respecto de una eventual apelación, pero insistió que "en nada altera" las actuales negociaciones. 


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