Los aborígenes de las etnias Wichí, Toba y Pilagá, presentaron ayer sus propuestas a la Convención Constituyente y remarcaron la necesidad de que la provincia reconozca en su Constitución la preexistencia de los pueblos indígenas y con ella una serie de derechos. Según el documento, de esta forma quedará garantizada y reconocida la identidad étnica y cultural; la educación bilingüe e intercultural; la personería jurídica de sus comunidades, organizaciones y sus formas tradicionales de organización social, política, económica y jurídica, independientemente de todo acto de registro o del poder público, como asimismo la legitimación para ejercer plenamente por vías expeditas los medios legales para su defensa en juicio. También se hace referencia a la posesión, propiedad de las tierras y el territorio que tradicionalmente ocupan y de otras aptas para el desarrollo humano. Equipo de Pueblos Indígenas (Formosa), 19 de junio de 2003.
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Equipo de Pueblos Indígenas (Formosa), 19 de junio de 2003.
Aborígenes piden que se incluyan los derechos indígenas en la Constitución
Los aborígenes
de las etnias Wichí, Toba y Pilagá, presentaron ayer sus
propuestas a la Convención Constituyente y remarcaron la necesidad
de que la provincia reconozca en su Constitución la preexistencia
de los pueblos indígenas y con ella una serie de derechos.
El documento fue el resultado de dos talleres realizados en distintas zonas de la provincia donde se trató el tema de la reforma de la Constitución, más un encuentro interétnico que finaliza hoy en el Centro de Capacitación Juan Pablo II y lleva por nombre: "Reforma de la Constitución y pensamiento indígena".
En este sentido, el titular de la Pastoral Aborigen en Formosa, sacerdote Francisco Nazar explicó a La Mañana que la propuesta central apunta a reformar el artículo 79 de la Constitución provincial para que se reconozca la preexistencia de los pueblos indígenas, sus organizaciones e instituciones propias.
Según el documento, de esta forma quedará garantizada y reconocida la identidad étnica y cultural; la educación bilingüe e intercultural; la personería jurídica de sus comunidades, organizaciones y sus formas tradicionales de organización social, política, económica y jurídica, independientemente de todo acto de registro o del poder público, como asimismo la legitimación para ejercer plenamente por vías expeditas los medios legales para su defensa en juicio.
También se hace referencia a la posesión, propiedad de las tierras y el territorio que tradicionalmente ocupan y de otras aptas para el desarrollo humano. "Todas ellas serán inenajenables, intransmisibles, imprescriptibles e insuceptibles de gravámenes y embargos. Los títulos serán otorgados en forma gratuita", reza el material presentado por los aborígenes.
Otro de los puntos
sostiene el derecho a la participación en todos los niveles, tanto
públicos como privados y a prestar su consentimiento previo, libre
e informado en todas aquellas cuestiones e intereses que los afecten.
Además
se hace alusión a la propiedad, uso sustentable, administración
y conservación de sus recursos naturales y la participación
equitativa en los beneficios que surjan de la explotación de los
mismos.
De acuerdo al documento, los convenios Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, forman parte de esta Constitución, debiendo entenderse como complementarios e interpretativos de la misma.
También se propone la reforma al artículo 93, inciso 10 de la Constitución provincial que hace referencia a: "Que la educación impartida por el Estado a las comunidades indígenas se realice en forma bilingüe e intercultural. A tal fin tomará las medidas imprescindibles y efectivas para garantizar la misma. Asegura asimismo la igualdad laboral de oportunidades y de calidad educativa para los alumnos y maestros indígenas. Garantizará la asistencia financiera y de todo tipo, necesaria para la puesta en práctica de las previsiones de este artículo y la participación indígena en todos los niveles".
A todo esto, Nazar
dejó en claro que si bien en las legislaciones nacionales y provinciales
se notaron avances importantes relacionados con los pueblos indígenas
durante los últimos 30 años, consideró necesario "seguir
avanzando aún más porque la historia cambia y los mismos
pueblos indígenas van irrumpiendo en la sociedad, siendo protagonistas
de su propio destino y en este caminar notan que hay varios elementos que
todavía no figuran y consideran necesario que aparezcan en la Constitución
provincial".
Compromiso
Tras recibir el
documento, el presidente de la Convención, Ramón Francisco
Giménez, a quien acompañaban sus pares Roberto Vizcaíno
y Ricardo Mendoza, se comprometió a "llevar adelante estas banderas
que hemos interpretado hace bastante tiempo aunque todavía nos falte
cumplir algunas reivindicaciones".
También
agregó que "nosotros hacemos la ley con la mejor intención
y esfuerzo, pero para que esa letra se cumpla es compromiso de todos controlar
su cumplimiento".
Destacó
además la importancia del aporte de los aborígenes con el
más absoluto respeto, en el entendimiento que "con la participación
de todos podremos concretar una reforma que contenga los derechos y aspiraciones
de los formoseños en materia social, cultural, educativa, política
y económica".
Sesión con fuertes medidas de seguridad
La Convención
Constituyente aprobó ayer su reglamento interno, creó e integró
tres comisiones permanentes y fijó los días y horarios de
sesión, además de dar ingreso a varios expedientes.
La sesión
de ayer -que se desarrolló con la ausencia de los miembros del bloque
radical y del presidente de la bancada del PJ, Ernesto Juárez, por
fallecimiento de un familiar directo, hecho por el cual recibió
las condolencias del cuerpo- fue para tratar sólo aspectos de funcionamiento
de la Convención que aún no ingresó en la reforma
de la Constitución.
Seguridad
Las deliberaciones
se realizaron en el marco de un fuerte dispositivo de seguridad con despliegue
de gran número de efectivos policiales uniformados y de civil tanto
en el frente como en inmediaciones del edificio de la Legislatura, donde
sesiona la Convención. Incluso, en una medida llamativa por lo inédita
y excesiva, se utilizó un detector de metales para revisar tanto
a público como a periodistas. Dentro del recinto, además
de los custodios de Legislatura, también había policías
de civil.
Sin presupuesto
La Convención difirió para hoy un despacho de comisión sobre los gastos que demandará y cómo se afrontarán. Lo que sí aprobó fue su reglamento interno -luego de largas discusiones sobre los minutos para cada intervención-, y la integración de las tres comisiones permanentes, cuya composición numérica también fue discutida. También nombró a los secretarios legislativo (Virgilio Lider Morilla) y administrativo (Rolando Albert).
Finalmente, la
Convención decidió sesionar dos días en forma fija:
los miércoles y viernes a las 18, y eventualmente los lunes, en
el mismo horario, en el supuesto que hubiera despachos de comisión.
TEXTO COMPLETO DEL ARTICULO PROPUESTO POR LOS PUEBLOS INDIGENAS DE FORMOSA
ARTICULO 79:
"La Provincia
reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas, sus organizaciones
e instituciones propias.
Garantiza y Reconoce:
1. Su identidad étnica y cultural.
2. La educación bilingue e intercultural.
3. La pwersionería jurídica de sus comunidades, organizaciones y sus formas tradicionales de organización Social, política, económica y jurídica, independientemente de todo acto de registro o del poder público, como asimismno la legitimación para ejercer plenamenete por vías expeditas los medios legales para su defensa en juicio.
4. La posesión, propiedad de las tierras y el territorio que tradicionalmente ocypan; y de otras aptas para el desarrollo humano. Todas ellas serán inenajebles, intrqansmisibles, imprescriptibles e insusceptibles de gravámenes o embargos. Los títulos serán otorgados en forma gratuita.
5. El derecho a ala participación en todos los niveles, tanto públicos como privadosy a prestar su consentimiento, previo, libre e informado en todas aquelklas cuestiones e intereses que los afecten.
6. La propiedad, uso sustentabele, administracuón y conservación de sus recursos naturales y la participación equitativa en los beeficios que surjan de la explotación de los mismos.
Los Convenios Nº 169de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y tribales en Países Independienetes y la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, forman parte integrante de esta Constitución, debiendo entenderse como complementarios e interpretativos de la misma.
ARTICULO 93 INC. 10º
El estado Provincial ..... garantizará...
10) Que la educación impartida en las comunidades indígenas se realice en forma bilingue e intercultural: a tal fin tomará las medidas imprescindibles y efectivas para garantizar la misma. Asegura asimismo la igualdad, laboral, de opotunidades y de calidad educativa para los alumnos y maestros indígenas.Garantizará la asistencia financiera y de todo tipo, necesaria para la puesta en práctica de las previsiones de este artículo y la participación indígena en todos los niveles.
Equipo de Pueblos Indígenas
http://www.pueblosindigenas.net





