11.03.2013 | De los casos resueltos de este modo en La Araucanía -en donde según la costumbre ancestral mapuche basta con las disculpas del agresor para acabar con el tema- 14 han llegado a la Corte de Apelaciones, siendo once confirmados y tres revocados por la instancia judicial.
Según las cifras que maneja el Sernam, en La Araucanía son 17 los casos resueltos, entre noviembre de 2011 y 2012, bajo los artículos 9 y 10 del Convenio 169, que en resumen sostiene que basta con una disculpa del agresor para absolverlo, según las costumbres mapuche.De los casos resueltos de este modo, 14 han llegado a la Corte de Apelaciones, siendo once confirmados y tres revocados por la instancia judicial.
Jaime Saldivia, abogado de Sernam dijo a SoyTemuco.cl que detectaron este “mal uso” del Convenio a mediados del año pasado, cuando desde la Fiscalía Regional le manifestaron la preocupación que ellos tenían respecto a los pronunciamientos presentados en algunos Tribunales de Garantía de la Región donde se invocaban dos artículos del tratado.
“Existe una gran diferencia entre la legislación vigente que trata de violencia intrafamiliar versus lo que señala el Convenio 169. En materia legal la Ley 20.066 tiene una norma prohibitiva en donde no permite que se apliquen acuerdos reparatorios en materia de violencia intrafamiliar. Entonces argumentamos que aplicando estos acuerdos reparatorios a través del Convenio se vulnera una norma prohibitiva expresa de la Ley, y también existe un tema de conflicto de normativa internacional porque el país está suscrito a otras convenciones que buscan la erradicación de discriminación y maltrato contra la mujer, lo que evidentemente no se cumple con el Convenio 169”, explicó el jurista.
KARIN ANTILEF