Hasta la vida han estado dispuestos a dar para no ser sancionados con esta normativa, porque no les permitiría obtener el indulto presidencial, aunque forzaran un acuerdo político con el Gobierno. A pesar de la mala fama de esta legislación de 1985, sólo en dos casos ha habido condenas.
Pilar Molina A.El tema legal de las dos últimas semanas ha sido la necesidad de reformar la Ley de Conductas Terroristas. Los 35 comuneros se fueron a la huelga de hambre exigiendo no ser acusados por ella, como tampoco ser procesados en la justicia militar.
La mayor parte de los mapuches rebeldes está acusada por esta normativa, pero también se le imputan muchos delitos -incendio de predios, camiones, maquinarias y galpones- que los fiscales han calificado de comunes, y como tales tienen penas menores que si fueran considerados terroristas. Según la Ley 18.314, estos hechos son los que se cometen con el fin de producir temor en la población, que siente que también puede ser víctima, o "para arrancar resoluciones de la autoridad o imponerle exigencias".
Aunque pareciera que esta normativa originada durante el régimen militar, en 1984, y modificada cuatro veces bajo los gobiernos de la Concertación, se hubiera aplicado indiscriminadamente, sólo hay condenados en dos causas con este tipo penal. Se escucha a parlamentarios asociarla a 80 años de condena, pero lo cierto es que la máxima pena ha sido por 10 años y no hay nadie en la cárcel (ver relacionada).
Las tres razones
Los huelguistas no quieren que se les aplique esta ley básicamente por tres razones:
Una, porque aumenta las penas con que el Código Penal sanciona los delitos susceptibles de ser considerados terroristas en 1, 2 y hasta 3 grados.
Dos, porque es una ley pensada para desarticular grupos organizados, lo que se traduce en una serie de facultades a los fiscales para incomunicar, detener hasta por 10 días antes de formalizar (en vez de 12 a 24 horas), interceptar comunicaciones o usar los testigos protegidos, que resienten los mapuches, pero también están en la ley de drogas y los delitos sexuales.
"Pierden muchas garantías en la etapa procesal. Con esta ley, la prisión preventiva sólo se revoca por unanimidad, basta con que un juez se oponga para que no se otorgue", explica el abogado Carlos Tenorio, quien defiende a René Urban y a Jorge Luchsinger, víctimas emblemáticas por los sucesivos asaltos mapuches a sus tierras, casas y maquinarias.
Y la tercera razón, y no menor, es que el grupo detenido de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) está pensando llegar a algún acuerdo político con el Gobierno, pero la Ley Antiterrorista impide que el Presidente los indulte por estos delitos. El artículo 9 de la Constitución señala que no procederá respecto de ellos el indulto particular.
Y los CAM saben -señala una ex alta autoridad que lidió con los violentistas mapuches en los gobiernos de la Concertación- que si son condenados será muy difícil que exista el quórum para aprobar el perdón por ley.
El origen del problema
Tenorio ha presentado 180 querellas desde 2005 en contra de violentistas originarios en la IX Región y sólo en 5 ha invocado conductas terroristas. "No tengo ninguna condena y sólo dos formalizaciones, que son Mauricio Huaiquilao y Luis Tralcal, ambos del grupo que se puso en huelga de hambre".
Los dos están acusados como autor de amenaza terrorista en contra de Jorge Luchsinger y del incendio de la casa e instalaciones agrícolas de Eduardo Luchsinger. Al primero se le encontró una grabación en su casa donde, hablando con un ex director de la Conadi, le advierte que si no cumplen con lo prometido van a sacar "al gringo (Jorge) patitas por delante". Los dos imputados registran viajes a Colombia, y el agricultor vendió sus tierras, como se lo exigían los violentistas.
Aplicar esta normativa ha sido complejo. En la primera parte de su gobierno, Ricardo Lagos no la invocó nunca, a pesar de que tuvo problemas serios, como la retención de un juez y toma de un juzgado. Se limitó a invocar la Ley de Seguridad Interior del Estado, pero no tuvo efectos disuasivos, hasta que comenzó a invocar la Ley Antiterrorista, como se lo pedían las víctimas, organizaciones gremiales y la oposición de entonces.
Con el entonces subsecretario del Interior, Jorge Correa, y el entonces general Alejandro Bernales se puso en marcha la Operación Paciencia en La Araucanía, que desbarató a la CAM. En 2003 fueron apresados 26 de sus dirigentes. El gobierno pidió condenarlos por asociación ilícita y terrorismo, lo cual no fue acogido por los tribunales, pero se dio una señal política fuerte y en ese período se produjeron las únicas condenas por esta ley.
Michelle Bachelet partió su período reacia a aplicarla, pero tampoco pudo resistir las presiones cuando en 2008 empezó a recrudecer la violencia en la VIII y IX Región. Y es por todos estos últimos hechos de violencia que están acusados los mapuches actualmente en huelga de hambre, los que se encuentran en prisión preventiva.
El gobierno anterior sólo se querelló por tres hechos puntuales, pero los fiscales invocaron la normativa para la sucesión de delitos más graves de los últimos dos años, que incluyen quema de la casa, galpones y maquinaria de la familia de Eduardo Luchsinger (agosto de 2008), el homicidio frustrado del fiscal Mario Elgueta (octubre de 2008) y la incautación de explosivos y armas como subametralladoras (febrero de 2009) en Padre Las Casas.
El jueves fue formalizado el último grupo, por el asalto a un bus interprovincial de Tur Bus con 53 pasajeros, y al peaje de Quino en la Ruta 5 Sur y quema de camiones (julio de 2009) en la carretera.
El grupo detenido de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) está pensando llegar a algún acuerdo político con el Gobierno, pero la Ley Antiterrorista impide que el Presidente los indulte por estos delitos.