La iniciativa, calificada con suma urgencia, fue aprobada con el voto de los senadores de la Concertación que estuvieron presentes en la sesión de la Comisión de Derechos Humanos. Con los votos de los tres senadores de la Concertación que estuvieron presentes en la sesión de esta tarde, la Comisión de Derechos Humanos aprobó el proyecto, en primer trámite, que permite que los mapuches condenados por delitos contemplados en la ley antiterrorista puedan acceder al beneficio de la libertad condicional, lo que está vedado por la legislación vigente. Ahora, corresponde que el proyecto sea analizado por la Comisión de Constitución. La iniciativa, que fue presentada por los senadores Alejandro Navarro, Guido Girardi y Juan Pablo Letelier, contó con el respaldo de los senadores Jaime Naranjo -quien presidió accidentalmente la comisión-, Mariano Ruiz- Esquide y Nelson Avila. El presidente de la instancia especializada Carlos Kuschel y el integrante de la misma Andrés Chadwick no estuvieron presentes en la sesión. El proyecto propone una modificación al decreto sobre libertad condicional, para que los condenados por delitos tipificados en la ley antiterrorista, en causas relacionadas con reivindicaciones violentas de los derechos que consagra la ley indígena, puedan acceder a dicho beneficio, siempre que los hechos castigados hayan ocurrido entre el 1 de enero de 1997 y el 1 de enero de este año. Previo a acceder al beneficio, deberán suscribir una declaración inequívoca y favorable al no uso de la violencia. No obstante, el senador Naranjo explicó que los integrantes de la comisión presentaron una indicación sustitutiva al proyecto –la que también suscribió el senador Navarro- para corregir algunos aspectos de la propuesta original e incorporar un artículo transitorio con el objeto de facilitar la obtención de la libertad condicional de los mapuches detenidos, en caso que el Congreso apruebe el proyecto. El texto con el nuevo proyecto que fue aprobado por la comisión, explicita que podrán acceder al beneficio de la libertad condicional los mapuches que hayan sido condenados a penas privativas de libertad por la ley antiterrorista o por delitos sancionados en otros cuerpos legales “que no impliquen delitos contra las personas, en causas relacionadas con la reivindicación de tierras indígenas ancestrales”. Además, establece que sólo podrán acceder al beneficio de la libertad condicional, siempre que hayan cumplido un año de privación de libertad. Esto, según explicó el senador Naranjo, “a fin que no se alegue que este proyecto de ley desnaturaliza la institución de la libertad condicional, la cual ha sido siempre regulada como un beneficio que supone algún tiempo de privación de libertad en cumplimiento de la condena”. La iniciativa también incorpora un artículo transitorio para permitir que la Comisión Especial sobre Libertad Condicional que funciona sólo los meses de abril y octubre de cada año, pueda funcionar de manera extraordinaria por 30 días corridos, desde la publicación de la ley. Esto, para que se pueda cumplir con le objetivo de la pronta liberación de los condenados. El senador agregó que “los argumentos que expusimos, tanto en el ámbito político como jurídico, son más que suficientes para demostrar las irregularidades que hubo en el proceso y las discriminaciones que han ocurrido con ellos, en el sentido que no se ha tenido el mismo criterio para abordar situaciones parecidas”, puntualizó. La Segunda Internet - 5/17/2006 18:45 (2006-5-17)