Fallo de la Suprema:
Causa de loncos se trató sin rigor
procesal
Pedro Lezaeta, Iván
Fredes
3 de Julio de 2003
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| Un grupo de personas
se instaló con carteles en la entrada del Palacio de Tribunales
para protestar por el fallo de la Suprema que anuló el
proceso que había absuelto a los loncos y ordena un nuevo
juicio. Foto:Claudio Bueno |
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Nuevo proceso debería realizarse no antes de 15 días ni después
de 60 desde la fecha de notificada la resolución del máximo tribunal.
PEDRO LEZAETA
E IVÁN FREDES
"La sentencia recurrida no cumple las exigencias de las normas relacionadas
(...) y conforme a la interpretación que de ellas ha hecho esta Corte,
no satisface ni remotamente la rigurosidad procesal". Así de directo
y lapidario es el acápite octavo del fallo con que ayer la Suprema anuló
el juicio oral en lo penal realizado en Angol que absolvió a los loncos
Pascual Pichún y Aniceto Norín, junto a la activista Patricia Troncoso,
de cargos de amenazas e incendio terroristas.
El dictamen, dado a conocer por la Segunda Sala del máximo tribunal,
añade que en materia de pruebas algunas no fueron consideradas y otras
sólo fueron tratadas superficialmente. Se indica que "los acusadores
no lograron probar una serie de hechos que señalan expresamente" en
el proceso.
La sentencia absolutoria de los loncos y de la activista, pronunciada
el pasado 14 de abril, fue impugnada mediante recursos de nulidad elevados
a la Suprema tanto por el Ministerio Público como por el ex ministro
Juan Agustín Figueroa, dueño del fundo Nancahue, donde se verificó un
ataque incendiario.
El otro predio en que se registraron acciones de corte terrorista fue
el San Gregorio. Ambas propiedades están localizadas en la comuna de
Traiguén.
Según el artículo 281 del Código Procesal Penal, el nuevo juicio oral
deberá realizarse no antes de 15 días ni después de 60 desde la fecha
de notificado el fallo de la Corte Suprema al Tribunal de Angol.
En esta ocasión no se repetirá la audiencia de preparación del juicio
oral, instancia ya celebrada.
Los tres jueces que absolvieron a los acusados quedan inhabilitados
para integrar la sala penal del nuevo juicio oral que se efectuará en
el mismo tribunal de Angol, pero esta vez quedará integrada por tres
jueces del Tribunal Oral de Temuco.
La autodenominada Coordinadora de Organizaciones e Identidades Territoriales
Mapuches, a través de su vocero, Alfredo Seguel, acusó al Gobierno de
"complicidad en este nuevo montaje y persecución maquinada contra dos
autoridades del pueblo mapuche".
El dirigente del Consejo de Todas las Tierras, Aucán Huilcamán, sostuvo
que el fallo "pone el descubierto la influencia ante los tribunales
de un poderoso frente a dos indefensos loncos".
El vocero del Ministerio Público de la IX Región, junto con dar a conocer
el fallo de la Corte Suprema, declinó responder consultas específicas
sobre la forma en que abordará esta segunda oportunidad que tiene para
probar la culpabilidad de los tres acusados.
El defensor público de la IX Región, Claudio Pavlic, dijo no compartir
el fallo, pero señaló que no hace reproche alguno respecto de la valoración
de los hechos que hicieron los jueces.
También criticó el fallo Jaime Madariaga, abogado del lonco Aniceto
Norín, quien anticipó que presentará el caso ante la Corte Interamericana
de Derechos Humanos.
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