La comisión de Constitución del Senado resolvió mantener el texto del primer informe relacionado con el reconocimiento de las etnias chilenas, por cuanto las indicaciones presentadas por los distintos bloques políticos no lograron los apoyos necesarios para su aprobación en la Sala. La carta fundamental establecerá que el Estado chileno "reconoce la diversidad de origen de los chilenos que forman parte de la nación y declara su especial preocupación por las poblaciones indígenas originarias, a las cuales garantiza su derecho a fortalecer los rasgos esenciales de su identidad". Diario El Sur, 5 de julio de 2002

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viernes
5 de julio de 2002
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Texto constitucional
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Acuerdo en Senado
sobre las etnias
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La comisión de Constitución del Senado resolvió mantener
el texto del primer informe relacionado con el reconocimiento de las etnias
chilenas, por cuanto las indicaciones presentadas por los distintos bloques
políticos no lograron los apoyos necesarios para su aprobación
en la Sala. De esta forma se resolvió la polémica en torno
a la utilización de la expresión "pueblos indígenas"
en la Constitución.
Así, la carta fundamental establecerá que el Estado chileno
"reconoce la diversidad de origen de los chilenos que forman parte de la
nación y declara su especial preocupación por las poblaciones
indígenas originarias, a las cuales garantiza su derecho a fortalecer
los rasgos esenciales de su identidad".
El senador Rafael Moreno explicó que si bien la indicación
del senador Hernán Larraín -que establecía el reconocimiento
de las distintas etnias originarias de la nación chilena- podría
haber sido aprobada por mayoría al interior de la comisión,
"iba a enfrentar una situación compleja en la sala, ya que no iba
a contar con los votos necesarios para ser aprobada". Este mismo escenario,
explicó el parlamentario, se podría repetir con la indicación
del ejecutivo que hablaba de "pueblos indígenas".
En tanto, los senadores Alberto Espina y Hernán Larraín adelantaron
que promoverán una modificación a la Constitución
que permita la presentación de recursos de protección en
favor de quienes sean discriminados por causa de su condición racial. |
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