La Segunda Sala de la Corte Suprema propinó un duro revés al Gobierno, al acoger, por unanimidad, la apelación de un recurso de amparo presentada por la ciudadana española Patricia Ballesteros y el estadounidense Lee Pope "Consecuentemente, se deja sin efecto la resolución exenta número 145 del 23 de febrero último, por medio de la cual la autoridad recurrida -el señor intendente de la Región del Bío Bío- dispone la expulsión de las mencionadas personas". La resolución estableció que la española Patricia Ballesteros y el estadounidense Lee Pope no tuvieron participación determinante en un acto mapuche. Tercera en Internet, 16 de Marzo de 1999 

 
 Proyecto de Documentación Ñuke Mapu
NACIONAL CRONICA
16 de Marzo de 1999 
 
Sala del máximo tribunal propinó duro revés al Gobierno 
Suprema revocó expulsión de extranjeros 

Resolución estableció que la española Patricia Ballesteros y el estadounidense Lee Pope no tuvieron participación determinante en un acto mapuche.
 

José Ale 

  Ballesteros y Pope, de 36 años
El abogado defensor, Roberto Celedón, dijo que se sentía muy satisfecho de que el máximo tribunal hubiera acogido su planteamiento, en orden de que los hechos que se le imputaban a sus defendidos no se encontraban insertos dentro de las normas invocadas por el Gobierno.

 "Lo más importante es que aquí se pretendió sancionar la solidaridad y la Corte Suprema impuso la justicia respecto de estos nobles jóvenes que viajaron desde tan lejos para solidarizar con los mapuches", dijo Celedón.

 Ballesteros y Pope, de 36 años, fueron detenidos a fines de febrero, tras un enfrentamiento entre mapuches y carabineros en Ralco, Octava Región.

 

La Segunda Sala de la Corte Suprema propinó un duro revés al Gobierno, al acoger, por unanimidad, la apelación de un recurso de amparo presentada por la ciudadana española Patricia Ballesteros y el estadounidense Lee Pope y revocó la resolución dictada por el intendente regional del Bío Bío que había decretado su expulsión del país, a raíz de su detención en un acto mapuche.

 La resolución fue adoptada por los magistrados Luis Correa Bulo,Guillermo Navas, Alberto Chaigneau, Enrique Cury y el abogado integrante Vivian Bullemore.

 "De los antecedentes reunidos surge que los hechos a que se refiere éste recurso, ocurrieron en la parcela número 69 del sector de Palmucho y no tienen, por ende, el carácter de una manifestación realizada en lugar público", señaló el fallo.

 Además, indicó que "tampoco se encuentra acreditado que los amparados hayan tenido alguna intervención activa y determinante en los referidos sucesos".

 "Por estos fundamentos y con arreglo a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se revoca la resolución apelada del 4 de marzo en curso. En cambio, se decide que se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Patricia Ballesteros Vidal y Lee Pope", dijo la Corte.

 "Consecuentemente, se deja sin efecto la resolución exenta número 145 del 23 de febrero último, por medio de la cual la autoridad recurrida -el señor intendente de la Región del Bío Bío- dispone la expulsión de las mencionadas personas", concluyó el fallo del máximo tribunal.
 
 

ALEGRIA Y ABRAZOS

La resolución fue recibida por un grupo de mapuches y dirigentes de movimientos ecológicos presentes en el Palacio de los Tribunales con aplausos, que luego dieron paso a lágrimas de alegría, especialmente de la española Patricia Ballesteros, de 19 años.

 Entre sollozos, la joven manifestó que siempre confió en que habría un fallo favorable y que lo que le había sucedido era "muy injusto".

 

La Tercera Internet 
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