Un proyecto del Gobierno los suspende por cuatro años. La iniciativa suscripta por Kirchner no satisface a legisladores ni a comunidades indígenas. Según un informe, el Poder Ejecutivo no tiene suficiente información sobre el tema. "Estábamos tomando mate. De repente, se aparecieron y nos echaron. A garrotazos. Vinieron las topadoras y alambraron nuestras tierras." Guillermo Yacúlica es un aborigen salteño, oriundo de Tabacal. Llegó a Buenos Aires con la esperanza de que el Estado acuda en ayuda de su pueblo, desalojado por una empresa privada el 5 del mes último. La respuesta llegó por medio de un proyecto de ley enviado a la Cámara de Diputados. En él, el Poder Ejecutivo propone suspender por cuatro años las sentencias por desalojo que afecten a comunidades indígenas con personería jurídica. La iniciativa generó reparos tanto entre comunidades afectadas como entre legisladores. De hecho, ayer se realizó una marcha desde Plaza de Mayo hasta el Congreso, convocada por los "pueblos originarios en defensa de su territorio". ¿Por qué no satisface el proyecto del PE? "El asunto es delicado, porque se podrían avasallar principios del código de comercio y de la propiedad privada -expresó Guillermo Cantini (Unión por Argentina-Capital)-. Una cosa es el derecho a acceder a la tierra, y otra es la entrega, sin más", dijo el legislador. "El proyecto oficial es insuficiente -dicen en la asociación civil Defensa de los Derechos Aborígenes de Formosa-. El Presidente debe cumplir la Constitución, que garantiza «la posesión y propiedad comunitarias de las tierras» de los distintos pueblos indígenas." Salta, Misiones, Chaco, Formosa y Río Negro son algunas provincias donde se registra esta problemática. "El Gobierno carece de información acerca de la cantidad de personas y pueblos indígenas que hay en el país y sobre los conflictos de titulación existentes sobre sus territorios", advierte, en un informe, el Centro por el Derecho a la Vivienda contra Desalojos (Cohre), una ONG internacional con status consultivo de la ONU. El proyecto del PE declara la emergencia en materia de propiedad y posesión de tierras y dispone que dos años después de sancionada la ley, las comunidades con procesos judiciales abiertos podrán presentarse ante el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que deberá buscar las soluciones. La Nación (Buenos Aires), 16 de septiembre de 2004.