“Entendemos como una obscenidad los procesos por usurpación que se llevan a cabo en las provincias de Chubut y Salta en los que se persigue a integrantes de las etnias Mapuche; Guaraníes; Matacos, entre otras. Estamos convencidos que la brutalidad cometida sobre estos pueblos desde la conquista colonial, se prolonga en el tiempo, pasa por lo denominado eufemísticamente “conquista del desierto” y llega hasta nuestros días con la mas que dudosa introducción de sus posesiones como bienes que están en el comercio. Instamos en forma vehemente a que el Congreso Nacional cumpla con su obligación y ejercite sus facultades para hacer expreso y operativo el reconocimiento de sus preexistencia étnicas y cultural. A la vez que garantice “...el respeto de su identidad y el derecho a un a educación bilingüe e intercultural; reconocer la personalidad jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, trasmisible ni susceptible de gravámenes o embargo. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y los demás intereses que los afecten...” (Artículo 75, inc. 17, de la Constitución Nacional). Boletín Argentino (Madrid), 27 de junio de 2004.



