Ser mujer indígena en Chile implica una doble o triple condición de discriminación, referida a su etnia, clase y género. A la cultura discriminatoria chilena, se suma actualmente el estigma, la violencia y criminalización de las demandas históricas generadas en el contexto del llamado “conflicto” mapuche; la violencia institucional (policial, de estado, escuela, entre otras); y por último, la violencia de género que se reproduce al interior de sus propias culturas.

Constituyendo todas ellas expresiones de violencia patriarcal. En lo referido a la violencia institucional en Chile, relacionado al sistema de leyes, instrumentos jurídicos internacionales y políticas públicas, encontramos que el artículo 8 de la Ley Indígena en Chile (19.253) vigente desde 1993, sanciona como una “falta” civil la discriminación hacia las personas pertenecientes a una etnia indígena.
En el marco del derecho internacional, el convenio 169 de la OIT, vigente en Chile desde el año 2009, regula la discriminación indígena. No obstante, desde el año 2008, duerme en el Senado chileno el Proyecto de Ley de No Discriminación presentado el año 2005 , que - entre otras condiciones – tipifica como “delito” las prácticas discriminatorias por raza, color, origen étnico, sexo, género, orientación sexual, creencia, origen cultural o socioeconómico, idioma o lengua. Relacionado directamente a la violencia contra la mujer indígena, encontramos que la Ley de Violencia Intrafamiliar (VIF), vigente desde el año 2005, no incluye como variable la pertenencia étnica de las mujeres víctimas de violencia, así como tampoco de los agresores.
En lo referido al Plan de Igualdad de Oportunidades, el Sernam hasta la fecha, no ha incorporado metodologías con pertinencia cultural en sus programas regionales dirigidos a las mujeres que sufren violencia. Asimismo, la CONADI, no incluye una línea de violencia en contra de la mujer. En lo que respecta a la población de mujeres indígenas que viven con VIH/Sida, desde hace algunos años, en las políticas del Ministerio de Salud – y a partir de un enfoque de prevención y control sociosanitario - los pueblos originarios se identifican junto a las mujeres, los jóvenes y otros grupos, como “población vulnerable emergente” (PVE). Es decir, como un grupo que muestra incremento en materia de factores de riesgo y vulnerabilidad en la adquisición del virus.
Así, desde al año 2009, se comienza a incorporar la identidad étnica en la base estadística de algunos programas regionales de VIH/Sida. Sin embargo, no existe en la práctica una articulación a los programas regionales de salud intercultural pertenecientes al mismo ministerio. Lo preocupante del vacío metodológico en estas materias, no se centra específicamente en la inexistencia de una variable que permita “identificar” la pertenencia étnica (lo que por sí sola podría significar el agregado de otro factor de discriminación y control social). Sino más bien, en el hecho de no abordar dichas problemáticas a partir de una adecuada pertinencia cultural. Llevado a los derechos de la mujer indígena, así como también de los pueblos originarios, lo anterior, refleja una grave violación y vulneración de sus derechos individuales y colectivos, debido a la clara falencia en la implementación de planes y programas regionales y locales que no incluyen una mirada de género acorde a sus realidades, formas y visiones de vida, denegándoles tácitamente su condición de sujetas(os) de derecho. Con esto, vemos como, tanto la inter como la multiculturalidad, tan proclamadas hoy en el discurso de las políticas públicas, quedan en una mera declaración de principios.
Entonces… ¿Podemos hablar de un Chile diverso y multicultural? ¿Qué hay tras el enfoque multicultural que ha promovido el Estado? A mi juicio, más que orientarse a las diferencias y particularidades identitarias y socioculturales existentes en Chile, conlleva a la normativización y homogenización cultural, corriendo el grave peligro de transformarse en un proyecto de regulación nacional. Es necesario y pertinente, que como sociedad civil, y esencialmente desde el trabajo político entre mujeres, nos detengamos y hagamos el intento de comprender, que cuando hablamos de violencia en mujeres indígenas, debemos (re)conocer las distintas culturas, identidades, realidades y contextos en las que se genera y vive la violencia. Nos encontraremos así, con que en Chile, dentro de esta definición existen las realidades de los pueblos: Mapuche, Aymará, Rapanui, Quechua, Collas, Kawashkar o Alacalufe, Yamana o Yagan (reconocidas en la ley indígena), cada una de ellas con sus propios contextos urbanos y rurales, elementos de migración, y muchos otros factores necesarios de conocer al momento de generar redes de apoyo y trabajo político. Son sólo las mujeres (y también hombres) pertenecientes a estas culturas y realidades, quienes podrán evidenciar a partir de sus vivencias, sus propias demandas y necesidades.
Se hace necesario entonces, que en el propósito de desnaturalizar y erradicar la violencia contra las mujeres en sus distintas identidades y esferas, tratemos de romper con esta especie de carga histórico-cultural colonizadora, y enfoquemos nuestros esfuerzos en construir un verdadero camino hacia las relaciones interétnicas, escuchando, y por sobre todo, respetando la autodeterminación y los propios procesos socioculturales y sociopolíticos.

01/09/2010
Escrito por: Verónica Zegers Balladares: Trabajadora Social