NEUQUÉN (AN).- Para terminar con las discusiones respecto de la legalidad de la consulta previa e informada que el derecho internacional le adjudica a los pueblos originarios, ayer se presentó un proyecto de resolución que establece las pautas a seguir para aplicar la normativa en la provincia.

No aborda el sentido amplio del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), porque se refiere únicamente a la obligatoriedad de la consulta antes de la toma de decisiones legislativas que puedan afectar a las comunidades mapuches, aunque sí sería la primera norma en la provincia que tocaría el tema.

El proyecto fue presentado por el diputado del MUN Rodolfo Canini y en su primer artículo plantea que, para definir los pasos, se convoque a la Confederación Mapuche de Neuquén, a la que el gobierno provincial desconoce como representante legítimo de las comunidades.

Si bien se limita a definiciones legislativas, los fundamentos del proyecto dejan en claro que este tipo de decisiones son las que están generando las polémicas más importantes. El ejemplo que cita Canini es el de la creación, en 2004, de la municipalidad de Villa Pehuenia, "que fijó el ejido municipal en una zona que afecta los territorios de las comunidades mapuches Catalán, Puel y Plácido Puel" y que actualmente está en instancia judicial. Justamente, la reglamentación evitaría que futuras causas se tuvieran que resolver en la Justicia. "Es necesario establecer mecanismos que permitan cumplir las pautas fijadas por normas de carácter provincial, nacional e internacional a las que nuestro país se ha obligado", sostuvo el diputado.

Según el convenio de la OIT, el requisito no se cumple con sólo transmitir la información. Entre otras cosas a regular, el proyecto apunta también a que en la legislación provincial quede asentado lo que se interpreta como "consulta previa informada", según define la normativa internacional.