Chile forma parte desde el 2006 del Convenio 69 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, acuerdo que depende de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por ello, en noviembre próximo la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones examinará la aplicación de este acuerdo en nuestro país.
Aunque esta comisión puede hacer comentarios sobre “eventuales vacíos legislativos o deficiencias” que existan sobre esta materia, en ningún se puede referir al conflicto que tiene a un grupo de comuneros en huelga de hambre, dado que está fuera de su jurisdicción.Según la respuesta que entregó este organismo por escrito a LND, aunque el convenio no se refiera a este tema puntual, “las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones legales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos. En Chile, los casos están en los tribunales de justicia y confiamos en que ellos se pronunciarán conforme a la legislación vigente”.
Respecto del comité de expertos que examinará el tema en Chile, la institución no se pronunció sobre quiénes compondrán dicho grupo, pero indicó que son juristas de alto nivel nombrados por el consejo de administración de este convenio.
“Proceden de todas partes del mundo, lo que permite aportar a la comisión con una experiencia directa de los diferentes sistemas jurídicos, económicos y sociales”, dice el comunicado enviado por la OIT a LND.
Las recomendaciones que emanen de esta comisión no tienen efecto jurídico, pero buscan “orientar y asesorar al gobierno sobre las medidas adecuadas que garanticen la aplicación efectiva de un convenio ratificado, tanto en la legislación como en la práctica”.
Por el momento, no está clara la fecha exacta en que este comité entrará a trabajar sobre lo que está ocurriendo en Chile respecto a la legislación que protege a la población indígena.