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''Fiscales piensan que siendo más
duros serán validados socialmente''
“La situación de la fiscalía es tan grave que en los
casos en que los jueces de garantía han decretado libertades para
los mapuche, la fiscalía ha interpuesto recursos de queja contra
esos magistrados en un claro intento ¿por atemorizarlos? No sé,
no me atrevería a decir esa palabra tan clara, pero sin lugar a
dudas es un medio de presión que usan”., afirma el abogado Pablo
Ortega.
Con lo anterior el profesional lanza una abierta
crítica a la acción de los fiscales, quienes a su juicio
buscarían legitimarse ante la ciuadanía actuando con mayor
celo en las causas que involucran a mapuches.
- ¿Usted ve alguna pugna entre los jueces de garantía
y los fiscales?
- ¿En que se notaría eso?
- Estas presiones, ¿en qué se traducen?
- ¿Considerando que el nuevo sistema procesal está
en rodaje, su diagnóstico puede variar?
Según Ortega, en el actual sistema las audiencias para las libertades
se pueden dar hasta con 10 días de plazo. En la audiencia “no se
cumple la constitución y se basan en que la reforma dice que sólo
se analizan los nuevos antecedentes", asevera.
"Es decir, en los procesos se desestiman las nuevas interpretaciones
que hay sobre las antecedentes que existían. Establecen una restricción
adicional a la libertad que no contempla nuestra constitución porque
sólo otorgan libertades en la medida que existen nuevos antecedentes
que desvirtúen cargos anteriores”.
-¿Es esa una acción deliberada?
Ante ese escenario, explicó el abogado, los equipos de defensa
evalúan los medios. Una vía es recurrir de amparo para que
la Corte de Apelaciones se pronuncie, o allegar nuevos antecedentes. “Es
decir, servirnos del peso de la prueba. Esa es la paradoja, que el peso
de la prueba cae sobre la defensa. Pero si entendemos que existe la presunción
de inocencia, el peso de la prueba debería quedar en la fiscalía,
pero por la vía de justificar la prisión preventiva cambia
el peso de la prueba, lo que es inconstitucional”
SIGUE...
- El caso de la queja que hicieron en contra del juez de garantía
que dejó en libertad a los peñis (hermanos) de Chequenco
fue un mensaje para todos los jueces. Eso fue en junio de este año,
donde en una actitud claramente garantista el juez dijo que no había
antecedentes para calificar algunos de los hechos como delitos. La fiscalía
actuó en forma muy dura contra este juez. Hay un exceso de celo
de las fiscalías en contra de los mapuches.
- Primero en que creen estar haciendo bien su labor, lo que respetamos,
aunque creemos que hay presiones hacia ellos. Si bien no podemos probarlas,
para cualquier observador imparcial esto no es de extrañar. Ellos
reciben visitas de diputados, mensajes a través de los medios de
comunicación. Hay reuniones que se realizan a nivel de La Moneda.
- En que los fiscales tienen que justificar prisiones preventivas básicamente
porque las penas más altas las determinarán los tribunales.
Y en ese sentido, no tenemos dudas que se decretarán libertades
porque las personas son absueltas o se darán penas bajas que son
las que corresponden. Además, hay una componente sicológica
importante: las fiscalías están compuestas básicamente
por colegas jóvenes que llevan adelante un plan piloto y necesitan
validarse ante la opinión pública. Piensan que siendo más
duros serán validados socialmente.
- Si bien en el antiguo sistema los juicios son más engorrosos
y largos, la posibilidad de pelear por sus libertades provisionales era
más cierta. La pedíamos y al día siguiente el tribunal
de primera instancia se pronunciaba y se apelaba de inmediato. A los tres
días estábamos alegando en la corte. En el sistema actual,
en cambio, si bien los juicios serán más cortos la posibilidad
de pedir libertades durante la tramitación es más engorrosa.
- Al momento en que los mapuches son detenidos las fiscalías
están preparadas y los acusan de una serie de delitos que justifican
la detención preventiva, y una vez fijada resulta muy difícil
obtener su revocación porque tendríamos que acreditar la
inocencia y esta se prueba en el juicio por la sentencia final. Se vulnera
el principio de inocencia por la vía de los hechos y no de la ley.