
Empresario pedía 15 mil millones
de pesos
Magistrada rechazó demanda por incendios en Lleu-Lleu
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) se adjudicó ayer una victoria al lograr que la justicia desechara la millonaria demanda presentada en 1999 por el empresario Osvaldo Carvajal Rondanelli, propietario de la hacienda Lleu-Lleu.
El importante fallo fue alcanzado al acreditar el Fisco ante la magistrada (s) del Segundo Juzgado Civil de Concepción, Ana Bianchi, la entrega de protección por parte de las policías al demandante.
Carvajal denunció hace dos años que la negligencia del Estado era la responsable de los daños causados por comunidades mapuches en su predio a orillas del lago Lleu-Lleu. Estimó los perjuicios por la supuesta falta de servicio público en 15 mil millones de pesos.
El 14 de marzo de 1999 comenzó una serie de incendios en la propiedad de Carvajal, la cual sucedió a hechos delictuales ocurridos desde 1995. Por los sucesos fueron procesados algunos miembros de la Comunidad Pascual Coña. Durante todo ese tiempo, sostuvo el empresario ante el tribunal que ayer rechazó la demanda, los órganos del Estado no cumplieron con su deber de resguardar sus bienes e integridad.
Entre los argumentos que tuvo la juez (s) Bianchi para dictar su sentencia está el que la protección requerida por el demandante ''fue atendida oportunamente por la autoridad''; ''que se ha otorgado (a Carvajal) el mayor resguardo posible, incluso en desmedro del resto de la comunidad''; y ''que, por lo demás, es un hecho que la (parte) demandante, al adquirir el predio (en Lleu-Lleu), tenía pleno conocimiento de la situación que afectaba la zona en materia indígena''.
Mientras el CDE se mostró muy satisfecho con el fallo de primera instancia, en tribunales se comentó que lo más probable es que los abogados de Carvajal apelen a la Corte penquista. Quien sí expresó públicamente su parecer por la sentencia, aunque no era parte en el juicio, fue el abogado Pablo Ortega, representante de algunos comuneros de Lleu-Lleu.
''Creo que este es el mejor antecedente para probar la inocencia de
nuestro defendidos, pues se dice en el fallo que los testimonios de trabajadores
de Carvajal -utilizados como únicos antecedentes para procesar a
algunos mapuches en causas penales en Cañete- no son válidos.
Con esta sentencia, que debería llevar al intendente (Jaime Tohá)
a desistirse del requerimiento por infracción a la Ley de Seguridad,
defenderemos a los procesados en el sumario del ministro Eliseo Araya'',
adelantó el profesional.
| ©2000 todos los derechos reservados para Diario del Sur S.A. |