Sábado 20 de Marzo de 1999Consecuencias de movilizaciones Indígenas
Los conflictos de intereses que pudieran plantearse en el contexto nacional deben resolverse única y exclusivamente a la luz de los principios fundamentales que se desprenden de la institucionalidad vigente.
La designación de un ministro en visita para llevar adelante el proceso por el ataque a la hacienda Lleu-Lleu deja en evidencia la preocupación por las acciones que grupos de indígenas están desarrollando en distintos puntos de la Octava y Novena Regiones, con actos violentos e invasión de la propiedad privada. Sin duda una de las consecuencias inmediatas de estas movilizaciones es crear una situación de inestabilidad social, toda vez que ante la opinión pública queda la sensación que sectores indígenas están dispuestos a violar la propiedad privada, destruir, incendiar, cortar caminos e impedir faenas agrícolas y forestales. Ante este tipo de coyuntura le corresponde a la autoridad política restablecer la institucionalidad jurídica y garantizar los derechos de las personas, mientras que a los tribunales de justicia les cabe investigar los hechos y aplicar las penas que correspondan en caso de haberse configurado delitos.
Cabe también preguntarse si las comunidades indígenas, que actualmente viven en la extrema pobreza, terminarán beneficiándose con estas acciones, especialmente si ellas impiden el desarrollo económico de la zona, el que provendría de nuevos proyectos de inversión, ya sean forestales, agrícolas o turísticos. En el caso de la hacienda Lleu Lleu, las acciones violentistas han impedido la instalación de un centro turístico, lo que obviamente perjudicará a quienes podrían encontrar puestos de trabajo o fuentes de ingresos por las distintas labores conexas a esa actividad. El solo traspaso de predios a los indígenas no conlleva necesariamente un mejoramiento de su situación económica, porque también se trata de problemas de educación, financiamiento, capacidad de ahorro, preparación técnica, todos factores que dificultan el desarrollo de actividades productivas.
Finalmente, es conveniente preguntarse si esta discriminación positiva hacia los grupos indígenas no implica una equivalente negativa hacia el resto de los chilenos. Si a un empresario se le impide desarrollar proyectos productivos y se le impulsa a vender su propiedad, bajo presión de comunidades mapuches, se está violentando la garantía constitucional de igualdad ante la ley y estableciendo precedentes extremadamente graves al crear de hecho distintas categorías de chilenos, entre los que actúan dentro de la ley y aquellos que presionan y obtienen beneficios mediante acciones de fuerza y amparados en su condición étnica.
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