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Año LXXXVIII - Nro. 31.550 - Domingo 15 de junio de 2003

Mitos y prejuicios sobre la identidad mapuche

A fines del siglo XIX la sociedad criolla chilena ya no comprendía ni valorbna la vida que llevaban los mapuches.

En esta historia se puede distinguir como hasta mediados del siglo XIX predominó la idea que los mapuche, aunque una nación diferente (tal como fue cantada en La Araucana) eran la raíz de la gran hermandad independentista. Los líderes de la Independencia asociaron valores positivos de la identidad indígena con la causa criolla, sobre todo, el amor del araucano por la libertad. Esta actitud de reconocimiento, se refleja en el respeto a los indígenas que combatieron a los españoles y en la idea de incorporar su imagen en los emblemas patrios.

Sin embargo, a fines del siglo XIX la sociedad criolla chilena ya no comprende y valora la vida que llevaban los mapuches. En los discursos triunfa la idea de la decadencia: dejan de ser la raza cantada por el poeta en La Araucana. Surge La Frontera como la de un país acosado y ultrajado compuesto por hombres pacíficos e industriosos, el que debe continuamente enfrentarse a la ferocidad y el salvajismo del indígena. Se produce una idealización de las antiguas glorias y una decepcionante imagen del indígenas viviente y contemporáneo.

SIGLO XIX

En la segunda mitad Siglo XIX se consagra la dicotomía entre "civilización y barbarie". La sociedad chilena mira a los mapuches como bárbaros por lo tanto había que ocupar La Araucanía y civilizarlos. Se difunde la visión de la "raza degradada" y la idea de que es necesario someterlos a régimen reduccional. Las tierras del sur pasan a ser consideradas "tierra de nadie". Es el inicio de política migratoria y la creencia de que "el pequeño grupo de indígenas" que ahí vivían debían ser reducidos, educados e integrados al pueblo chileno

En el espacio fronterizo se multiplica un desordenado tráfico de propiedades a mediados del siglo XIX, que lleva a los gobiernos a exigir la intervención de la autoridad - tras la creación de la provincia de Arauco (1852) - para la celebración de contratos de compraventa y otros relativos a tierras indígenas. Con ello se intentó proteger a los indígenas de los abusos, cuestión que la nueva legislación tampoco logró impedir. Las leyes proteccionistas son, por tanto, la consecuencia directa los efectos perversos e indeseados de la legislación liberal que predominó previamente.

El desconocimiento de los pueblos indígenas en el proceso de construcción de la Nación trascendió el liberalismo y se prolongó con el retorno de las leyes proteccionistas, cuya expresión final fue la política de reducciones. Como es obvio, a la orilla del camino quedó el hecho de que los pueblos indígenas tenían su propia forma cultural, social y económica, tanto en apropiación y uso de recursos, como en la generación de sus autoridades, en el reparto y en la solución de controversias internas.

 

LEGISLACION DE TIERRAS

 

En 1866 el estado Chileno opta por declarar fiscales las tierras de la frontera para evitar que aventureros y especuladores se apropiaran de todos los recursos y no dejaran espacio para la inmigración extranjera, vista como "palanca del desarrollo". El ejército chileno llegó junto con los agrimensores, abriendo paso al período de las reducciones y los títulos de merced (1884-1929), la que tuvo por objetivo dejar tierras despejadas para la nueva política de colonización. De allí proviene el termino de "reducción" con el que se denomina los espacios territoriales indígenas.

La más importante de las normativas del S. XIX fue la ley de 1866 que reglamentó las mercedes de tierras para los indígenas que las ocupaban. Debido a la ausencia de recursos, de funcionarios y autoridades de gobierno, esta ley no pudo ser aplicada sino hasta treinta años después, lo que favoreció el establecimiento en los hechos de la propiedad no indígena, pues recién a fines del XIX se perfecciona el sistema de protección y las prohibiciones para adquirir tierras de "los naturales".

 

COMISION RADICADORA

 

El proceso de reducción comenzó legalmente con la Comisión Radicadora de Indígenas en 1883. Esta debía empadronar a los grupos indígenas y mensurar sus terrenos, después de lo cual se les otorgaba una "merced de tierras". Su trabajo diseñado en el centralismo santiaguino fue lento y lleno de trabas materiales, técnicas y burocráticas. Demoró años en llegar a zonas de alta densidad de población indígena, y, cuando llegó, la propiedad de gran parte de la tierra había pasado a manos de particulares impidiendo su radicación. Alrededor de un tercio de la población mapuche no fue radicada.

La ley de Propiedad Austral dictada en 1931 fue la culminación de las leyes anteriores, que buscaban regular los conflictos de tierras entre el estado y particulares de la zona sur. Dicha ley regularizó los títulos independientemente de cómo se habían obtenido, no contempló normas para la solución de conflictos y tendió a ratificar las posesiones de los particulares no mapuches. La forma de petición de los títulos dejó una gran cantidad de casos desventajosos para las comunidades indígenas que ya habían sido erradicadas de sus lugares históricos, ya que se les exigía una posesión material que no estaban en condiciones de justificar.

 

DIVISION

DE TIERRAS

 

Las nuevas legislaciones desconocieron el carácter comunitario de la cultura mapuche, sus formas de distribución, reparto y herencia, y solo se concentraron en la subdivisión de las propiedades demarcadas. Primero, la ley 4.111 permitió la división de la tierra a petición de un tercio de los miembros de la comunidad. Unas décadas después, en 1961, la ley 14.511 estableció cinco Juzgados de Letras de Indios en el antiguo espacio de La Frontera. Tenían como competencia la división de tierras, la restitución de tierras, las autorizaciones para enajenar, la creación de un sistema de defensa judicial de indígenas; la protección de las tierras indígenas a través del establecimiento de la prohibición de enajenarlas a personas no indígenas, y de un sistema de autorización de las enajenaciones a indígenas y arrendamiento. Por supuesto, nuevamente el centralismo diseñó instituciones para la región sin los recursos e infraestructuras adecuadas.


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