Conadi en un "zapato chino"
Todo es una insensatez, dice. "Si
querían recuperar tierras agrícolas -comenta Marcelo Martini,
presidente regional de la Corma- entonces pidan que se compre tierras agrícolas.
Ahora tienen el doble o el triple de problemas".
Tras violentas manifestaciones, las
comunidades mapuches recibieron el Fundo Alaska, rompiendo toda la lógica
legal en que éste se insertaba. Ahora, esa misma lógica se
vuelve en su contra: o reforestan -con millonarios montos de los que carecen-
o sus dirigentes arriesgan millonarias multas e incluso la cárcel
por incumplir las normas del DL 701.
Los equipos jurídicos de la
Conadi y Conaf trabajan aceleradamente para resolver este auténtico
zapato chino. Se habla de una reinterpretación de la Ley Indígena,
que evite el pago de multas u onerosas obligaciones sobre los nuevos propietarios
del fundo; pero ello requiere tiempo, consultas a otras instancias y mucho
trabajo.
RECRIMINACIONES
El ambiente está cargado de
recriminaciones. "Todo esto debió resolverlo la Conadi, que es la
que organizó la compra del terreno", comenta una fuente de Conaf,
institución que ahora está obligada por ley a hacer cumplir
una ley que no calza con la situación de los mapuches.
El organismo no quiso pronunciarse
ayer respecto de lo ocurrido. El director de la Conadi, Aroldo Cayún,
permanece en Isla de Pascua y no respondió al recado en el buzón
de voz de su celular y el director regional de Conaf, Alejandro Blamey
viajó a Santiago.
En la Conadi se argumenta que existe
un acuerdo con la Conaf para resolver este tema, acuerdo del cual nadie
pudo entregar ningún detalle. "Lo invito a leer el artículo
13 de la Ley Indígena que asegura que las tierras mapuches no pueden
ser enajenadas, ni sometidas al pago de contribuciones", nos dice una fuente
de este organismo.
Pero en la Conaf y en el Servicio
de Impuestos Internos advierten que la ley no incluiría las obligaciones
emanadas del Decreto Ley 701, dado que éste es un beneficio que
entrega el Estado a solicitud del propio solicitante. "La exención
tributaria de la Ley Indígena se refiere al pago del Impuesto Territorial
y el Impuesto a la Ley de Renta", afirma Arnoldo Bravo, jefe del Departamento
de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos, SII Novena Región.
En el caso de las obligaciones del DL 701 "es algo que tiene que resolver
Conaf", aunque expresa sus dudas al respecto.
RIGIDO
"Esto es como comprar un auto y no
fijarse si está en prenda", comenta Andrés Duarte, jefe de
Fiscalización de Conaf Novena Región, quien recuerda que
todos los particulares siempre preguntan, antes de comprar un terreno,
si está afecto al DL 701.
Las personas que compran un terreno
afecto saben que deberán cumplir las obligaciones impuestas al terreno,
sin importar quien sea su propietario. Es la condición del Estado
por los beneficios que otorgó para su forestación -exención
de impuestos y bonificación de las plantaciones-.
Entre otras cosas, se exige mantener
la forestación -lo que las comunidades no desean, ni tampoco pueden
hacer por la millonaria inversión que requiere-, so pena de multas
de 400 mil pesos por hectárea -y que en el caso del fundo Alaska
superan los 700 millones de pesos- y cárcel si no pagan. Todo esto
pese a que los mapuches nunca recibieron un peso del Estado para la forestación,
ni tienen los árboles, talados por Forestal Mininco antes de retirarse.
Conaf tampoco puede entregar bonificaciones
a los mapuches; la ley sólo le permite autorizar la forestación
inicial. "No tenemos instrumentos legales para apoyar la reforestación,
quizá la Conadi pueda hacer algo", comenta Andrés Duarte,
quien hace ver el peligro que significa mantener el suelo sin cubierta
vegetal tras la tala del bosque. "Basta un invierno con precipitaciones
intensas para provocar, en esas condiciones, un daño importante
a la capa vegetal", declara.
¿USO AGRICOLA?
Si las comunidades -como desean-
quisieran abandonar la plantación forestal y dedicar el terreno
a uso agrícola, debieran solicitar la desafectación del terreno
y devolver al Estado el monto que éste entregó para su forestación,
cifras millonarias e inalcanzables para los indígenas.
No deberían devolver los impuestos,
ya que bastaría un certificado de la Conadi que acredite que el
Fundo Alaska es propiedad indígena para eximirlos de este último
gravamen, explican en el SII.
Técnicamente, el Fundo Alaska
no es apropiado para la agricultura. Duarte comenta que sería posible
combinar la actividad forestal con la agrícola, reservando esta
última a los sectores más llanos -"allí no todo son
quebradas", dice-, aunque admite que en terrenos así, casi no existe
horizonte A, capa vegetal para uso agrícola, sólo suelos
tipo B y C, más profundos y menos ricos en nutrientes.
CONTRALORIA
El contralor regional, Ives Zegers,
afirmó que no se ha solicitado el dictamen de la Contraloría
al respecto y esto se hará sólo si el organismo involucrado
lo requiere. "Es algo que debe resolver Conaf", sentenció, aunque
insiste que Contraloría no ha estudiado el caso.
Admite que ello podría ocurrir,
si alguien considera que Conaf se ha excedido en sus atribuciones y recurre
a dicha instancia para reclamar. "Si Conaf no les perdona los 700 millones
de pesos a los mapuches, éstos podrían solicitar un dictamen
de la Contraloría afirmando que éste organismo se excedió
en sus atribuciones". Pero también un particular que haya pagado
los montos correspondientes, podría culpar a Conaf de excederse
en sus atribuciones y recurrir a la Contraloría.
En Conaf no consideran que cuenten
con tales facultades, ya que este organismo sólo administra el DL
701. "El dinero no nuestro. Es la Tesorería General de la República
la que gira los montos y nosotros sólo actuamos como organismo técnico
y fiscalizador", declara Andrés Duarte.
El DL 701 choca, en este caso, con
la Ley Indígena, cuerpo legal que ya exhibió graves problemas
de interpretación en el Caso Ralco.
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