CRIMINALIZACIÓN DE LAS REIVINDICACIONES MAPUCHE
El martes 13 y miércoles 14 de enero del 2003 tuvo lugar
un nuevo juicio oral en contra de un Lonko Mapuche y comuneros, de la comunidad
mapuche “Jose Millacheo Levio” de Chekenko Lof mapu, comuna de Ercilla.
Se trata del Lonko Juan Ciriaco Millacheo Lican, quien junto a Carmelo
Queipul, Luis Marin Melinao, Pedro Lican Levinao, Jose Marileo Cayul, Juan
Andres Necul Marin, Vicencio Bayotoro Cayul, Luis Hernan Millacheo Ñanco
(hijo del longo) Luis Alberto Marin y Rene Marin Levio fueron sometidos
a juicio por el delito de hurto en el Tribunal Oral en lo Penal de Angol.
CRIMINALIZACIÓN DE LAS REIVINDICACIONES MAPUCHE
“Juicio Oral Contra el Lonko y Comuneros Mapuche de Chekenko”.
POR: EDUARDO MELLA SEGUEL - TRABAJADOR SOCIAL - COLABORADOR PROGRAMA
DE DERECHOS INDIGENAS - INSTITUTO DE ESTUDIOS INDIGENAS - UNIVERSIDAD DE
LA FRONTERA.-
El martes 13 y miércoles 14 de enero del 2003 tuvo lugar un
nuevo juicio oral en contra de un Lonko Mapuche y comuneros, de la comunidad
mapuche “Jose Millacheo Levio” de Chekenko Lof mapu, comuna de Ercilla.
Se trata del Lonko Juan Ciriaco Millacheo Lican, quien junto a Carmelo
Queipul, Luis Marin Melinao, Pedro Lican Levinao, Jose Marileo Cayul, Juan
Andres Necul Marin, Vicencio Bayotoro Cayul, Luis Hernan Millacheo Ñanco
(hijo del longo) Luis Alberto Marin y Rene Marin Levio fueron sometidos
a juicio por el delito de hurto en el Tribunal Oral en lo Penal de Angol
.
Los cargos que inicialmente se le imputaban eran secuestro calificado,
incendio y hurto de trigo, en contra de Magdalena Silva Correa, propietaria
del predio particular denominado Fundo Chiguaigue. En el transcurso de
la investigación, el Ministerio Público excluyó cargos,
y sólo se presenta acusación por HURTO DE TRIGO en contra
de los comuneros, solicitando penas que van desde 700 a 900 días
de cárcel (presidio menor en su grado medio), y de parte del querellante
privado el pago de una indemnización de 12.945.000 de pesos por
daño material y moral.
Cabe señalar que el Longko de la comunidad – Juan Ciriaco Millacheo
Lican- ha permanecido en prisión preventiva en la cárcel
de Angol desde el 12 de septiembre del 2002, y esta siendo encausado además
por asociación ilícita terrorista, proceso que se sigue en
contra de la Coordinadora Arauko Malleko.
Historia del conflicto
La comunidad José Millacheo Levio, ubicada en el lof de Chekenko,
comuna de Ercilla, fue radicada en 1908 bajo el titulo de merced Nº
1611 con una cabida de 338 hectáreas, para 154 personas que la formaban
en ese momento. Sin embargo, la memoria histórica de la comunidad
da cuenta de que fueron excluidas al momento de la radicación, tierras
antiguas del lof correspondiente al sector oriente de la comunidad en donde
se emplaza el actual fundo Chiguaigue.
El primer conflicto por tierras se produce en 1929, donde comuneros
de Chekenko reclaman por usurpaciones de tierra al interior del titulo
de merced. En efecto “el 2 de mayo de 1929, ante el juzgado de indios de
victoria “, compareció Jose Millacheo Levio y expuso: que viene
a insistir en su reclamo en contra de Roberto Anguita, agregando que este
caballero "le esta sacando, por medio de sus empleados, toda la leña
y vendiéndola (…) expreso además que en cambio los comuneros
de su reducción no se les permite sacar la leña existente,
diciéndoselos que no los autorizarían hasta que vaya el ingeniero”[1].
Décadas más tarde, el fundo Chiguaigue es adquirido por
la familia Silva Correa, que en referencias de la vecina comunidad de Tricauco
“ (...) Osvaldo Silva Correa, ese es otro usurpador, el llego hasta Malleco.
En la notaria figuraba con 400 has, pero tenia mas de 5000 y esa tierra
era de los mapuche (…)[2]
Los reclamos por restituir las tierras antiguas de la comunidad correspondientes
al actual Fundo Chiguaigue (no consideradas en el titulo de merced) perduran
en el transcurso del siglo XX, teniendo acogida durante el gobierno de
Salvador Allende, periodo del cual los comuneros exponen que: “nosotros
estuvimos viviendo en esa tierra, estuvimos trabajando, no pleiteando,
y el año 1970 se expropio ese fundo que era de los Silva Correa,
nosotros fuimos a vivir en esa tierra, éramos como 22 personas,
nos dieron la tierra como asentamiento, pero cuando vino el golpe tuvimos
que volver a la reducción, a Chekenko, y ahí estamos viviendo
ahora”[3].
El año 1983 la comunidad de Chekenko es dividida por la Ley
17.729 con una cabida de 470,43 hectareas para un total de 151 hijuelas.
En el año 1992 la comunidad “solicita la devolución de 150
hectáreas que le habría usurpado la Srta. Magdalena Silva
Correa correspondientes al fundo chiguaigue”[4].
Otro aspecto a considerar, es que con la puesta en marcha de la Ley
Indígena (19.253), el estado comienza a regular las formas de organización
al interior de las comunidades indígenas, en donde se elegiría
por votación mayoritaria y democrática a una directiva funcional;
es decir, un Presidente, Vicepresidente, Secretario y directores. En este
contexto la gran mayoría de las comunidades se constituye legalmente.
No obstante la comunidad de Chekenko no adhiere a la forma desde como el
estado establece que se deben organizar las comunidades indígenas,
manteniendo las tradicionales formas organizativas mapuche en donde persiste
las figuras del Longo y Werkenes.
Desde este contexto, la comunidad mapuche de chekenko sigue sosteniendo
un proceso de reivindicación sobre las tierras antiguas del lof,
proceso que se acelera a partir del año 2001, cuando los comuneros
hacen ocupación del predio, obligando a los capataces y trabajadores
del fundo chiguaigue a abondanarlo. Durante el verano del 2002, el longko
de la Comunidad Juan Ciriaco Millacheo Lican concede una entrevista a la
Pagina Electrónica Weftun en donde expone el porque del proceso
de reivindicación sobre dicho predio explicando que:
"La historia de nuestra comunidad ha sido de una trayectoria muy larga
(...) nunca ha llegado a una solución con la autoridad, que nos
ha tramitado y tramitado y nunca nos ha dado ningún resultado, y
así han muerto varias gentes, de ahí aparecimos las nuevas
generaciones (…) Hay varios factores dentro de la recuperación,
en primer lugar, un espacio muy reducido que tiene, y lo otro es que hay
mucha necesidad y pobreza dentro de la comunidad, por la escasez de tierras.
Lo otro es que hay que hacer un planteamiento más político
dentro del conflicto, para que al mapuche se le devuelva la autonomía,
la cultura que tenía anterior, igual la religión que también
es parte del Pueblo Mapuche (…) el conflicto surgió más que
nada por la necesidad, por no tener donde trabajar más en condiciones,
sino que estábamos dándole vuelta a la misma tierra, todos
los años, tierras que están degradadas, que no tienen descanso,
así que era puro perder el trabajo y no daba para vivir (…) Aquí
en Chequenco viven unas ciento cincuenta familias, acaso no hay más,
en una superficie de 338 hectáreas, que daría unas 2,5 hectáreas
por familia no más; hay algunos que tienen y otros que no tienen
nada, que están allegados donde sus papás (…) la actividad
que hemos hecho, más que nada, ha sido trabajar la tierra y controlar
el espacio que estamos ocupando, hemos tenido varias cosas importantes,
por ejemplo lo que es la siembra de trigo aquí, lo que es la chacra
de la papa, los porotos y un poco de hortalizas, y lo otro es la ganadería
que hay, es poco lo que hay, pero de ahí se irá mejorando
(…) De un principio fue harto duro, el Estado nos mandó a reprimir,
hemos tenido desalojos y persecuciones, pero ahora ya como un año
que hemos estado un poco más tranquilos, no con tantas preocupaciones,
pero hay que estar pendientes en las cosas judiciales (…) los principales
problemas que hemos tenido son las detenciones y nuevamente que nos tienen
orden de detención, así que tenemos que cuidarnos, porque
a nosotros no nos conviene estar presos, porque nosotros queremos trabajar
la tierra. Estando presos no vamos a poder trabajar ahí, más
que nada vamos a perder tiempo y el gobierno va a tener que alimentarnos
(…) Otro problema es el de las negociaciones, las negociaciones de la institucionalidad
que tiene el Estado y nosotros no vamos a aceptar mientras que el gobierno
no se pronuncie con la oferta que hizo durante la campaña política.
El gobierno ofreció que iba a devolverle la tierra a los mapuche
y ahora último le han dicho que devuelva la tierra y se ha hecho
el sordo...es culpa del gobierno que muchas veces haya violencia entre
carabineros y comunidad, no es culpa de las comunidades, más que
nada es culpa del Estado (…) Bueno,la recuperación a nosotros nos
ha servido como fuente de trabajo, ahí tenemos la leña, el
talaje, igual para subsistir nuestra casa, que también hay que tener
algo para vivir, para comer, y eso igual hemos ganado por el tema del conflicto,
no es mucho, pero por lo menos a nosotros nos sirve para seguir resistiendo
en nuestra lucha, y así nos vamos a mantener. Mejorando nuestras
condiciones, pero con una idea propia, no con una idea que los políticos
nos digan por acá va el camino, sino que ya nosotros pasamos por
ese camino, no tenemos que seguirlos más y esa es la idea de la
lucha"[5]
En el marco de lo anterior Juan Ciriaco Millacheo Lican es detenido
el día 12 de septiembre del año 2002 y es trasladado a la
cárcel de Angol en donde permanece recluido hasta el día
de hoy. En paralelo a la detención del longko de Chekenko, en la
comunidad se han realizado una serie de allanamientos[6] por parte de carabineros
que tenían como objetivo la detención de miembros de la comunidad.
En este contexto desde la comunidad se exponía en comunicado publico
aparecido en la prensa el día 5 de abril del 2003 lo siguiente:
“La comunidad hace un llamado público a las autoridades de Gobierno
para que desistan de la PERSECUCIÓN POLÍTICA que afecta al
Lonko de Newen Mapu Juan Ciriaco Millacheo Lican, además de otros
5 integrantes de la misma, que hoy están prisioneros en cárceles
de Angol y Temuco, además del Lonko y 2 comuneros más de
la comunidad vecina de San Ramón.(…) Denunciamos a las Fuerzas Policiales
de Carabineros que actúan irracionalmente (golpean, roban herramientas,
ropa y dinero) en reiterados allanamientos a nuestras viviendas en busca
de supuestos terroristas, además de detenciones y controles en vías
publicas a jóvenes con inusitada violencia, maltrato físico
y psicológico (...)Dejamos en claro que los mayores afectados por
esta política represiva son el Lonko y su familia principalmente,
ya que se trata de una acción selectiva que aplican conjuntamente
el Estado, Empresarios Particulares, Forestal Minico, Arauco y Cautin (…)”[7]
Volviendo al actual proceso judicial que se sigue en contra del longko
de Chekenko y comuneros de dicha comunidad, a la ocasión de dicho
juicio que se desarrollo en la ciudad de Angol, el Ministerio Publico y
el querellante particular, David Araya, representando a Maria Magdalena
Silva Correa acusaron a los 11 imputados el hurto de una cantidad de trigo
que según los testimonios contradictorios alcanzaba entre 30 y 800
sacos de trigo. Los testimonios presentados por estos se basaba sobre 7
testigos quienes estaban oculto tras un biombo que “evitara el contacto
visual entre testigos e imputados”. Finalmente, el día lunes 19
de enero, el tribunal de Angol dicta un fallo definitivo, concluyendo la
existencia del delito, sin embargo se excluye a Luis Marin Melinao, Luis
Alberto Marin, Rene Marin Levio y Andres Necul, los que fueron absueltos
de lo delitos que se les imputaba. Mientras el resto de los comuneros –incluido
el Longko- fueron condenados a 541 días de presidio menor en su
grado medio, y al pago de $2.000.000.- de indemnización por daños
morales en prejuicio de la propietaria del fundo Chiguaigue, y de $900.000
por el “trigo hurtado” . en este contexto la”Agrupación de Familiares
y Amigos de los Presos Políticos Mapuche” expone en un comunicado
publico fechado el día 22 de enero lo siguiente:
“(…)Rechazamos categóricamente la sentencia dictada por
el Tribunal Oral de Angol que estableció la existencia de siete
“supuestos” culpables de este hecho, quienes fueron condenados a 541 días
de presidio menor en su grado medio y al pago de una indemnización
de 2 millones de pesos. Entre los condenados, nuevamente, se encuentra
un LONKO de comunidad, Juan Millacheo Lican, legítimo dirigente
mapuche, que desde hace más de 16 MESES se encuentra prisionero
en la Cárcel de Angol. (…)”[8]
Conclusiones.
Una vez mas se pudo observar como a través de los órganos
de administración del estado, así como en la prensa se criminaliza
demandas sociales y territoriales mapuche. En este sentido, tanto la prensa
escrita como medios electrónicos se refirieron de forma mediática
al caso resaltando el carácter delictual “Hurto de Trigo”. Por ejemplo,
el diario electrónico el gong, se remite a transcribir el resumen
de la acusación presentada por el Ministerio Publico: “A 541 días
de presidio menor en su grado medio y al pago de una indemnización
de 2 millones de pesos fueron condenados por el Tribunal Oral en lo Penal
de Angol (…) como autores del delito de hurto perpetrado en el fundo Chiguayhue
de la comuna de Ercilla (…)Los hechos que dieron origen a la investigación
del Fiscal del Ministerio Público de Collipulli, ocurrieron durante
los meses de enero, febrero y marzo de 2001, en circunstancias que los
acusados sustrajeron una cantidad aproximada de 100 quintales métricos
de trigo con hechonas desde el Fundo Chiguayhue ubicado en la comuna de
Ercilla, de propiedad de doña María Magdalena Silva Correa,
quien cansada de los constantes ataques a su fundo, finalmente lo había
abandonado. Los condenados luego de sustraerlo lo subieron a carretas y
lo trasladaron hacia la comunidad Chequenco, donde fue trillado. La cantidad
sustraída equivale a la suma de $945.500 a razón de $9455
el quintal”[9].
Por tanto, se reitera, en relación con otros juicios contra
mapuche:
-
Se resalta el hecho delictual, descontextualizando tanto histórica
como territorilemnte dicho delito, restando indudablemente elementos que
entran en juego en un análisis mas objetivado de la situación:
el conflicto político territorial que enfrenta al estado, particulares,
grandes empresas en contra de comunidades mapuche.
-
Que si bien, a partir de la promulgaci´n de la ley indígena
se han hecho esfuerzos en materia de interculturalidad ( educación,
salud) “ la justicia ha sido la institución del estado que ha sido
la más impermeable a los cambios generados por estos procesos políticos.
A pesar de la presencia de un modesto y olvidado párrafo en la Ley
Indígena (Párrafo N°1, articulo N°7) reconociendo
la costumbre como atenuante, el trato de la justicia hacia los imputados
mapuches no ha cambiado”[10].
-
Que existen contradicciones en las versiones de los testigos, dejando claro
las falencias de la investigación realizada por la fiscalía.
-
· que existen, de parte del personal de carabineros ( que acudieron
como testigos) , testimonios extremadamente similares a los de los testigos
civiles que prestaran declaración ante la fiscalía de Collipulli,
los que le restan credibilidad.
-
El Abogado querellante de Magdalena Silva Correa requirió el pago
de una multa de 12.945.000 por daño directo y moral, lo que incluye
el temor que significó para ella, el sufrir este atentado. No obstante,
que mientras los hechos ocurrieron, la propietaria del predio se encontraba
en la ciudad de Santiago; es decir, a más de 650 kilómetros
de distancia.
-
La supuesta existencia de Testigos atemorizados por la presencia de los
imputados mapuche, convocaron la utilización de un biombo que impidieran
que se vieran a la cara. Temor que parece desproporcionado al delito de
que se trata (hurto). Además de ser ilegal la utilización
de testigos “sin rostro”, y afectar el derecho a defensa de los condenados.
-
La falta de prueba respecto de los hechos, y la concentración en
las circunstancias de las personas. Ante ello, la abogada de la Defensoría
Penal Publica, Myriam Reyes, recordó en su alegato de clausura que
el derecho penal se establece sobre actos y no sobre autoría. No
existiendo prueba del delito, sino testigos contradictorios y testimonios
presumiblemente falaces, no se puede condenar a los imputados.
Fuentes de información
Ø Jose Aylwin y Martin Correa (Inedito) “ Catastro de Conflictos
y demandas de tierras mapuche en la Provincia de Malleco” Infomes y Antecedentes
recopilados por comunidad, Abril de 1995.
Ø Agrupación de Familiares y Amigos de Los Presos Politicos
Mapuche, Comunicado Publico aparecido el 22 de enero del 2004
Ø Comunicado publico de la comunidad “Jose Millacheo Levio de
Chekenko, comuna de Ercilla, 5 de abril del 2003.-
Ø Diario electronico “EL GONG”, edición del 20 de enero
del 2004. disponible en http://www.diarioelgong.cl/news
Ø Mella Seguel, Eduardo, conversación con Kimche de Tricauco,
Julio del 2003, en “Antecedentes socioterritoriales y de relaciones de
poder en la actual comunidad mapuche de tricauco” en “Informe Pericial
solicitado por la Defensoria Penal Publica, Oficina Mapuche de Temuco,
para ser presentado en la causa Luis Amable Catrimil y Otros, Proceso rotulado
con el RUC: Nº 01000086954-2; y RIT 23-2003, por incendio, denominada
Poluco Pidenco. Septiembre del 2003.
Ø Mella Eduardo, Le Bonniec Fabien “Movimiento mapuche y justicia
chilena en la actualidad: reflexiones acerca de la judicialización
de las reivindicaciones mapuche en Chile”. Ponencia presentada en el Seminario
Internacional de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas: Tendencias
Internacionales y Realidad Local, Organizado por el Instituto de Estudios
indígenas de la Universidad de la Frontera, Temuco, Julio del 2003
Ø WEFTUN, Publicacion oficial de la Coordinadora Mapuche Arauko
Malleko - Año 1- Numero 2- Enero 2002, disponible en http://www.nodo50.org/weftun/.
--------------------------------------------------------------------------------
[1] Juzgado de Indios de Victoria, expediente Nº 254, “Reivindicación:
Jose Millacheo Levio con Roberto Anguita”, Citado en Jose Aylwin y Martin
Correa (Inedito) “ Catastro de Conflictos y demandas de tierras mapuche
en la Provincia de Malleco” Infomes y Antecedentes recopilados por comunidad,
Abril de 1995.
[2] Mella Seguel, Eduardo, conversación con Kimche de Tricauco,
Julio del 2003, en “Antecedentes socioterritoriales y de relaciones de
poder en la actual comunidad mapuche de tricauco” en “Informe Pericial
solicitado por la Defensoria Penal Publica, Oficina Mapuche de Temuco,
para ser presentado en la causa Luis Amable Catrimil y Otros, Proceso rotulado
con el RUC: Nº 01000086954-2; y RIT 23-2003, por incendio, denominada
Poluco Pidenco. Septiembre del 2003.
[3] Relato de de Jose Millacheo Cayul realizado en Ercilla el 23 de
Septiembre de 1993, y aparecido en José Aylwin y Martín Correa
(Inédito) “ Catastro de Conflictos y demandas de tierras mapuche
en la Provincia de Malleco” Informes y Antecedentes recopilados por comunidad,
Abril de 1995.
[4] Cara dirigida a Arnoldo cayun, Catastro CEPI, 21 de septiembre
de 1992. aparecido en aparecido en José Aylwin y Martín Correa
(Inedito) “ Catastro de Conflictos y demandas de tierras mapuche en la
Provincia de Malleco” Informes y Antecedentes recopilados por comunidad,
Abril de 1995.
[5] Entrevista al Longo de la Comunidad de Chekenko, por Weftun, Publicacion
oficial de la Coordinadora Mapuche Arauko Malleko - Año 1- Numero
2- Enero 2002, disponible en http://www.nodo50.org/weftun/
[6] En Mayo del 2001 mas de 60 efectovos de la policia civil, mas un
numero indeterminado de fuerzas especiales de Carabineros proceden al allanamiento
de las viviendas de la comunidad y a la detención de 11 comuneros
de chekenko.
[7] comunicado publico de la comunidad “Jose Millacheo Levio de Chekenko,
comuna de Ercilla, 5 de abril del 2003.-
[8] Agrupación de Familiares y Amigos de Los Presos Politicos
Mapuche, Comunicado Publico aparecido el 22 de enero del 2004.
[9] Diario electronico “EL GONG”, edición del 20 de enero del
2004. disponible en http://www.diarioelgong.cl/news
[10] Mella Eduardo, Le Bonniec Fabien “Movimiento mapuche y justicia
chilena en la actualidad: reflexiones acerca de la judicialización
de las reivindicaciones mapuche en Chile”. Ponencia presentada en el Seminario
Internacional de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas: Tendencias
Internacionales y Realidad Local, Organizado por el Instituto de Estudios
indígenas de la Universidad de la Frontera, Temuco, Julio del 2003.