Salta, 25 de septiembre de 2004.
El acuerdo entre los pobladores aceleró el trámite

Transfieren 12.500 hectáreas a los criollos y aborígenes

Se trata del lote 22 en Rivadavia, el Este de Estación Morillo.


El martes se firmó el decreto provincial 2.140/04, por medio del cual se transfieren, sin costo alguno para los ocupantes, alrededor de 12.500 hectáreas que conforman el lote fiscal 22, ubicado al Este de Morillo, en el departamento Rivadavia.
Los beneficiarios fueron 27 familias criollas, habitantes ancestrales de esos parajes, que se llevarán poco menos de 5.000 hectáreas, y las comunidades aborígenes wichís de La Cortada y Pozo del Chañar, a las que les corresponderán las 7.500 hectáreas restantes.

Al margen de los detalles técnicos, en el Ministerio de la Producción se destacó ayer que "fue la más corta de las diligencias emprendidas por esta administración para la adjudicación de tierras fiscales a sus ocupantes ancestrales. La razón para esto} es que tanto las familias criollas como las comunidades wichís Le´Wetes y Letsenkwat (La Cortada y Pozo del Chañar, en idioma aborigen) trajeron un acuerdo unánime de partes, por lo que nosotros sólo tuvimos que refrendar lo que ellos mismos, vecinos de toda la vida y en sana convivencia, acordaron de antemano".

El Programa de Emprendimientos Productivos tendrá a su cargo la asistencia técnica para el desarrollo de las actividades a los campesinos. El decreto lleva las firmas del gobernador Juan Carlos Romero, del ministro de la Producción, Manuel Brizuela y del secretario general, Javier David.

El documento establece que la entrega se realiza de acuerdo a la ley provincial 6.570 y los decretos concordantes de reordenamiento territorial, que posibilitan a los ocupantes el acceso a la propiedad de la tierra fiscal en la que residen. Allí se asegura que se respetaron criterios de antigüedad en la ocupación (mayor a 20 años) y que se reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos aborígenes.

El decreto también establece que los adjudicatarios deberán abstenerse por diez años de vender, arrendar o dar en aparcería los inmuebles, y que está prohibida la subdivisión de las unidades sin previa autorización oficial.
Cabe destacar que el parcelamiento definitivo se hará una vez que la Dirección de Inmuebles de Salta eleve el informe sobre las mensuras de los terrenos efectivamente ocupados por los habitantes ancestrales.
 
 

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