Clarín (Buenos Aires), 19 de agosto de 2004.
LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS NATIVOS: INEDITO FALLO JUDICIAL
por Mariano Cordero. BARILOCHE. ESPECIAL

Reconocen a los mapuches la posesión de tierras en Río Negro
Un juez de Bariloche dijo que el derecho de los indígenas es constitucional y anterior a la existencia del Estado. Las tierras las cedió a los aborígenes Julio A. Roca, por decreto, en 1900.


 

ESTA TIERRA ES MIA. Mapuches, en tierras de Río Negro que les pertenecen por derecho ancestral, según la Justicia. (Foto: Fabián Urquiza)
Un juez rechazó un pedido de desalojo contra pobladores de una comunidad mapuche, formulado por supuestos dueños de un campo ubicado al sur de la provincia de Río Negro, al considerar que los indígenas son los legítimos poseedores de esas tierras aun desde antes de la formación del Estado argentino.

El fallo es totalmente novedoso, porque las personas que presentaron el pedido de desalojo tenían un título de propiedad que les había sido otorgado durante la gestión de Horacio Masaccessi como gobernador de la provincia de Río Negro. Pero el juez desestimó esos papeles al considerar que la posesión de los demandados mapuche era anterior a los títulos de los estancieros.

El magistrado, en una medida que sembró alegría en todas las comunidades aborígenes del país, consideró incluso a la posesión "anterior a la formación misma del Estado que los confirió".

Esta es la primera vez que son reconocidos en la Patagonia los derechos de los pueblos originarios, tal como lo señala la Constitución Nacional, por sobre el Código Civil.

El caso se resolvió en el Juzgado 5 en lo Civil, Comercial y de Minería de Bariloche, a cargo de Emilio Riat. A ese juzgado, que tiene una amplia jurisdicción en la provincia de Río negro, concurrió una familia de apellido Sede. Esa familia vive en la localidad de Ñorquinco, un pueblo ubicado en medio de la estepa patagónica, unos 130 kilómetros al sur de Bariloche.

Los Sede pidieron que se ordene el desalojo de una familia mapuche encabezada por Ernesto Napal y Herminia Vila. Estos pobladores y sus familiares forman parte de la comunidad mapuche Kom Kiñé Mu, que vive en el paraje denominado Arroyo Las Minas.

Los Sede dijeron que habían mantenido una relación laboral con Ernesto Napal pero que, como ese vínculo ya no existía, los mapuche debían abandonar el lugar. Pero los demandados negaron que esa fuese la situación: argumentaron que su comunidad integra la Reserva Indígena Ancalao, y que tiene derecho a la propiedad comunitaria y ancestral de esas tierras.

El abogado que representó a los mapuche, Darío Dutch, dijo a Clarín que, basados en esas pautas, le pidieron al juez que no lleve adelante el proceso de desalojo por que no estaban en discusión "derechos personales" sino que la comunidad indígena tenía la "posesión ancestral" de ese lugar, y la familia Sede sólo podía mostrar "títulos nulos".

Dutch solicitó al magistrado que, teniendo en cuenta estos datos, resuelva un "proceso posesorio", es decir, que determine quiénes deben poseer esas tierras. Tras estudiar la documentación existente, el juez Riat determinó que una ley provincial de 1993 reconoce la antigua ocupación de esas tierras por parte de la Reserva Ancalao. En ese sentido el juez dijo que esa ley —la 2.641— deroga a una anterior que reconoce a esa comunidad la posesión de 28.383 hectáreas.

Según indicó el magistrado, esas dos leyes provinciales son consecuencia de un decreto nacional de 1900 cuyo original había sido firmado por el presidente Julio Argentino Roca, quien habría premiado al cacique Ancalao con la cesión de tierras por haber colaborado con la Campaña del Desierto.

Otro de los fundamentos fue que la Constitución rionegrina admite la preexistencia de la cultura aborigen y el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales.

Por último, Riat señaló que la propia Constitución Nacional también admite desde 1994 la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, y reconoce la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan. El juez determinó además que Herminia Vila y Ernesto Napal integran con su familia la comunidad indígena que ocupa históricamente esos campos.
 
 

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