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2010-02-10 | Comunidades | MapucheComunicado PublicoEn repudio a persecuci贸n de comunicador mapucheFrente a la incautaci贸n de material computacional del Comunicador Mapuche Richard Curinao, integrante del Centro de Comunicaci贸n Mapuche Jvfken Mapu y su Programa Radial Wixage Anai, comunicamos a la opini贸n p煤blica nacional e internacional lo siguiente:
2.- Repudiamos enf谩ticamente dicha acci贸n arbitraria por cuanto vulnera seriamente una serie de derechos que amparan nuestra labor informativa y comunicacional garantizados en su propia constituci贸n pol铆tica chilena, en cuyo Art. 19 se帽ala: 聯La Constituci贸n asegura a todas las personas聰, y en el inciso 12 conculca: 聯La libertad de emitir opini贸n y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio聟聰. Como asimismo en diferentes tratados internacionales de derechos humanos que el propio estado chileno se ha comprometido en respetar y aplicar, como las que a continuaci贸n se mencionan: 2.1.- La Declaraci贸n de los Derechos Humanos en Art. 19: 聯Todo individuo tiene derecho a la libertad de opini贸n y de expresi贸n; este derecho incluye el no ser molestado a causa de su opiniones; el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaci贸n de fronteras, por cualquier medio de expresi贸n聰. 2.2.- La Declaraci贸n de los Derechos de los Pueblos Ind铆genas aprobado el 13 de septiembre de 2007 en Naciones Unidas y que Chile aprob贸 con su voto a favor, en su Art铆culo 16 se帽ala: 1. Los pueblos ind铆genas tienen derecho a establecer sus propios medios de informaci贸n en sus propios idiomas y a acceder a todos los dem谩s medios de informaci贸n no ind铆genas sin discriminaci贸n alguna聰. 2.3.- Las recomendaciones del Relator de Naciones Unidas Rodolfo Stevenhagen en su Informe de Misi贸n de su visita a Chile en Julio 2003 en el 86 N掳 2.- 聯聟 Las comunidades y pueblos ind铆genas deben contar con facilidades y apoyo para acceder plenamente al uso de los medios de comunicaci贸n de masas (prensa, radio, televisi贸n, Internet). 2.4.- Convenio 169 de la OIT vigente desde septiembre de 2009 en cuyo Art: 30 N掳 2 se帽ala: 聯A tal fin, deber谩 recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a la utilizaci贸n de los medios de comunicaci贸n de masas en las lenguas de dichos pueblos聰. De hecho los gobiernos deber谩n promover medios de comunicaci贸n (radio, televisi贸n, prensa) en los idiomas de los pueblos ind铆genas. 3.- Como consecuencia de lo anterior, y junto a nuestro compa帽ero de labores Richard Curinao, reafirmamos nuestra firme decisi贸n de continuar con nuestra labor informativa, de hacer valer nuestro derecho a la comunicaci贸n y para denunciar los atropellos como tambi茅n difundir la realidad de lucha y demandas de nuestro pueblo mapuche. 4.- Finalmente hacemos un llamado a la sociedad mapuche, chilena e internacional que trabajan por el resguardo y respeto de los elementales derechos humanos a manifestarse contra este atentado al derecho de informar y ser informados; a manifestarse p煤blicamente repudiando y exigiendo el cese a la persecuci贸n y hostigamiento reiterativo y sistem谩tico hacia los miembros del pueblo mapuche tanto en Gulu Mapu y Puel Mapu, que en este caso se focaliza en uno de sus comunicadores. Centro de Comunicaci贸n Mapuche Jvfken Mapu El铆as Paillan C. Periodista Elisabeth Huenchual M. Conductora Javier Salazar Cuminao Conductor Jos茅 Paillal H. Coordinador Wajmapu, Walvng, Santiago Waria Por Jvfken Mapu |
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