Comisión Nacional por
La libre determinación de Los Pueblos indígenas de Chile y la ratificación del Convenio N°169 (Puren) Chile ____________________/ E-mail cnindigena@hotmail.com |
De nuestra consideración:
Para nuestra organización , representante de amplios sectores de los tres principales pueblos indígenas de Chile (Mapuche, Aymara y Rapa Nui) ha sido una gran satisfacción el hecho que el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, haya sido ratificado por la Honorable Cámara de Diputados de chile, que el Tribunal Constitucional lo considere Plenamente compatible con nuestro actual ordenamiento Constitucional, y que la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado que usted preside lo someta a análisis e informe a la Sala una vez sea puesto en Tabla.
Señor presidente, Honorables senadores integrantes de la Comisión, los pueblos indígenas de Chile que representamos, más del 10% de la población total del país, vivimos actualmente una situación de discriminación generalizada que hiere la dignidad de todos los pueblos indígenas, niega y /o deforma la historia del país, niega restringe y limita derechos humanos y libertades fundamentales, e impide la participación, en condiciones de igualdad, en la permanente construcción de la democracia. Esto es el corazón de lo que despectivamente, se llama " el problema indígena".
La discriminación a la cual nos referimos esta claramente definida en la "Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial" de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el "Convenio N° 111 sobre la Discriminación (empleo y ocupación)" de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en la "Convención relativa a la lucha contra la discriminación en las esferas de la enseñanza" de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), instrumentos de los cuales Chile es parte.
Ejemplifica esta deliberada discriminación el hecho que en último informe que Chile presentó al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU (CERD) no se habla, en ninguna parte, del Articulo N°5 que es definido y considerado como "el alma" de la Convención por la relación e importancia directa que este articulo tiene con los derechos humanos básicos y libertades fundamentales establecidos en la Carta Internacional de Derechos Humanos.
Sin embargo, por otro lado, el análisis y discusión
de las disposiciones del Convenio N°169 OIT. por el gobierno chileno
y los cuerpos legislativos del país constituye un avance que de
una u otra manera refleja el interés de la sociedad chilena por
establecer y comenzar una nueva era en la relación entre los pueblos
de nuestro país, demuestra también, un esfuerzo en la búsqueda
de soluciones de fondo al llamado "problema indígena". A nuestro
entender, estas actividades y discusiones necesariamente deben tener en
cuenta las positivas experiencias, debates y consensos jurídico
- filosófico a nivel internacional a propósito de los derechos
particulares y específicos de los pueblos indígenas.
El desafío, para hoy, de la sociedad chilena y sus autoridades
legislativas y ejecutivas es de elaborar, con la participación protagónica
de los pueblos indígenas, una política de Estado que contenga
una dimensión filosófica que rompa con la discriminación,
cree amplios espacios de libertad, y siente bases sólidas para construir
una sociedad verdaderamente democrática que reconozca constitucionalmente
la existencia física y cultural de los pueblos indígenas,
como así mismo , todos sus derechos históricos.
Señor presidente, Honorables senadores, nuestra lectura del Convenio es que éste, en tanto instrumento convencional de derecho internacional, entrega un macro- marco jurídico- referencial mínimo y general que permite centrar la discusión y ordenar el debate sobre los derechos de los pueblos indígenas.
Su importancia radica en el hecho de que establece principios
fundamentales para todos los pueblos indígenas, como son:
1.- La no discriminación, pues el propósito principal es prevenir la discriminación en contra de nuestros pueblos, armonizar las prácticas cotidianas con la Declaración Universal de Derechos Humanos, del Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de numerosos instrumentos y estamentos internacionales que reconocen estos principios.2.- El reconocimiento de la tierra como base de la existencia física y cultural.
3.- La participación directa en todos los asuntos que directamente les conciernen.
4.- El reconocimiento de los derechos a mantener, recrear, desarrollar, proyectar y transmitir a las generaciones futuras el conjunto del patrimonio cultural de los pueblos indígenas.
5.- Además el Convenio, inspirándose de otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos, busca asegurar el desarrollo económico de los pueblos indígenas, al mismo tiempo, que protege las lenguas, las religiones, las filosofías, los usos, las costumbres, las instituciones y comunidades.
Sin dudas, la aplicación del Convenio N°169 en
el seno de los países independientes, salvaguarda las culturas de
los pueblos indígenas y posibilita, el reconocimiento de los espacios
territoriales como elemento fundamental, para garantizar el derecho de
mantener, recrear, proyectar y transmitir, a las generaciones futuras,
nuestra cultura; asumir el control de nuestras propias instituciones, formas
de vida y desarrollo económico, permitiendo también el fortalecimiento
de nuestras identidades , lenguas y religiones.
La ratificación y aplicación del Convenio N°169 permitirá también que todos los chilenos construyan los marcos democráticos y de reconocimiento a los pueblos excluidos hasta hoy día, y se enriquezcan incorporando positivamente el conjunto de valores de los Pueblos Indígenas, que contribuyen materialmente a la diversidad cultural, al equilibrio social y ecológico, a la comprensión y cooperación internacional.
Señor Presidente, Honorables senadores, hoy producto del retraso y falta de un marco jurídico referencial y de disposiciones constitucionales adecuadas al tratamiento de los derechos básicos de los pueblos indígenas en Chile, importantes sectores indígenas hablan de "Libre determinación"; creemos que ésta justa aspiración no debe mal interpretarse ni asimilarse a un movimiento separatista, ni autonomista, puesto que su objetivo no es dividir la patria, justamente las que se dividen son las que no resuelven el problema de reconocimiento de los pueblos indígenas.
Por otra parte, preocupados por la radicalización del conflicto Indígena que puede generar costos irreparables en la sociedad chilena, hemos organizado numerosos seminarios de estudio, de presentación, discusión y difusión del Convenio N°169 OIT, en el seno de nuestras comunidades, proceso que culminó en su primera fase con un encuentro nacional en Purén (noviembre 1999), y donde participaron más de doscientas cincuenta comunidades y organizaciones sociales mapuches y chilenas. En dicha reunión fue elegida una Comisión Nacional provisoria por la Libre determinación de los Pueblos Indígenas de Chile y la ratificación del Convenio N°169 OIT.
Miembros del Consejo ejecutivo de nuestra Comisión Nacional Provisoria elegida en Purén han participado permanentemente en las discusiones de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, sub comisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas en Ginebra y algunas otras subcomisiones en la OMS, Ambientales etc. Se participó activamente en la conferencia preparatoria de las Américas contra el Racismo, la Discriminación Racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, realizada en Santiago de Chile. También hemos sido invitados por organizaciones internacionales, por pueblos indígenas autoridades políticas europeas a fin de establecer contactos e intercambios en todos los planos.
En el seno de nuestros pueblos, de nuestras comunidades, de nuestras familias, tomamos conciencia de que el quehacer cotidiano debe estar inspirado y orientado hacia soluciones mas allá de los conflictos actuales, y fortalecer la idea de respeto mutuo entre los pueblos, de coexistencia armoniosa y pacífica que les permita valorizarse entre sí, y con su entorno, con la tierra, con la vida.
Por lo mismo, creemos que la ratificación del Convenio N°169 OIT por el Gobierno chileno y su aplicación permitirá generar elementos de participación real de nuestros Pueblos a través de las comisiones paritarias que deben establecerse entre los estamentos indígenas, gubernamentales e internacionales, abriendo así espacios de participación democrática, responsabilizando a todos los sectores interesados en la búsqueda y elaboración de soluciones armoniosas constructivas, que determinen los ejes de desarrollo económicos, sociales, políticos y culturales de todos los pueblos.
Como ha sido la experiencia de otros pueblos indígenas
del planeta la ratificación del Convenio N°169 permite a través
de organismos internacionales como la ONU y sus diferentes agencias :OIT,
UNESCO, OMS, FAO, la solución práctica de problemas de infraestructura
ya sean financieros o económicos, necesarios para mejorarlas condiciones
de vida de los pueblos indígenas y por ende del conjunto de nuestra
sociedad.
Señoras y señores Senadores es indescriptible la
inmensa congoja y tristeza en nuestros corazones cuando vemos que día
a día una parte de nuestra cultura, de nuestra vida, de nuestra
naturaleza, de nuestro entorno se escapa en actos tan simples y cotidianos,
como vera los niños de nuestras comunidades hablando, cantando y
soñando en Mapudungun, Aymara o Rapanui, mientras caminan hacia
escuelas que enseñan filosofías y lenguas que no representan
nuestras rucas, nuestros ríos y montañas, que no representan
nuestros espíritus y sabidurías, entonces muchas veces lloramos
también de dolor e impotencia.
Por lo anteriormente expuesto nuestras organizaciones y comunidades, solicitamos a las Señoras y Señores Miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores rindan un informe favorable a la ratificación del Convenio N°169 para que el Senado de la República prontamente lo ponga en tabla para su discusión y ratificación contribuyendo de ese modo a hacer realidad el desarrollo y consolidación de Chile como un país democrático, libre justo y pluralista.
Los chilenos reconocen y son mayoritariamente solidarios con las
reivindicaciones de los pueblos indígenas. La sociedad chilena ha
comprendido que el patrimonio cultural de los pueblos indígenas,
y su reconocimiento universal por muchos otros pueblos del planeta, constituye
un aporte a la identidad de nuestro país. Por ello:
QUEREMOS QUE LOS KULTRUNES SUENEN LIBRES EN NUESTRO PAIS.
Por la Comisión Nacional Provisoria
Marcelo Calfuquir Juan Barrra
Adan Alonso Millabur
E-mail : cnindigena@hotmail.com