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Carta Abierta a la Oficina el Alto Comisionado de la ONU para los DDHH

VALPARAISO, CHILE, diciembre 28 de 2007

Señor
RODOLFO STAVENHAGEN
Relator Especial Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de los Indígenas
Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los DDHH
1211 Génova 10, Suiza
Presente.-
Estimado Sr. Stavenhagen:

Como Ud. seguramente bien lo sabe, desde hace unos 15 años atrás el Estado chileno comenzó a utilizar contra el pueblo mapuche leyes tales como la N°12.927 llamada de “Seguridad Interior del Estado” hasta llegar a la aplicación de la denominada “Ley Antiterrorista”. La primera de ellas fue promulgada en agosto de 1958, durante el gobierno del general Carlos Ibáñez del Campo y modificada por el Decreto 890, de agosto de 1975, durante la dictadura del general Augusto Pinochet, manteniéndose vigente hasta nuestros días.

La segunda norma, la N°18.314, que fue promulgada el 16 de mayo de 1984, tras ser propuesta por la Junta Militar que entonces reemplazaba al Poder Legislativo, cerrado desde 1973, lleva también la firma del dictador Augusto Pinochet y de su ministro del Interior, Sergio Onofre Jarpa, y ha sufrido modificaciones en el 2002 y el 2005, aunque más para “perfeccionarla” que para restarle alcance y atribuciones.

Desde entonces alrededor de 300 mapuches, hombres, mujeres y ancianos, han pasado desde entonces por diversas cárceles chilenas. Más de diez ministros especiales y nueve fiscalías militares se han encargado de investigar acciones de protesta social indígena enmarcadas en un conflicto que se agudiza año tras año y donde el reclamo por el territorio usurpado a las comunidades sigue siendo el factor principal de confrontación.

La cifra total de personas sometidas a proceso en el mismo período se eleva por sobre las 500, y en la actualidad, alrededor de 150 personas se encuentran sometidas a proceso por tribunales civiles y fiscalías militares por su participación en movilizaciones, ya sea en zonas urbanas o rurales1. A esa cifra, se suman órdenes de detención vigentes contra una veintena de comuneros, además de 15 presos recluidos en las cárceles de Traiguén, Lebu, Temuco, Lautaro y Angol, condenados en su mayoría por la Ley 18.314 sobre “conductas terroristas”2.

Durante este año que ya termina nuestra preocupación, así como la de muchas organizaciones y personas de Chile y el mundo, ha estado centrada en la situación que afecta a Juan y Jaime Marileo, Patricia Troncoso, José Huenchunao y Juan Ciriaco Millacheo, quienes fueron condenados a 10 años y un día por el caso Poluco Pidenco, un incendio de bosques de la empresa forestal Mininco ocurrido en diciembre de 2001, por el cual -a pesar de que no hubo víctimas fatales- se les aplicó la Ley Antiterrorista, lo que elevó gravemente las condenas en relación a lo que les habría correspondido de ser procesados como delito común.

Este proceso, en que se utilizaron "testigos sin rostro" para obtener testimonios de su culpabilidad y en que también se les condenó al pago de una indemnización de casi 425 millones de pesos -poco menos de un millón de dólares actuales- ha sido condenado ya en dos oportunidades por los organismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y por organizaciones internacionales humanitarias, que han planteado la derogación de la Ley Antiterrorista y la revisión de los procesos realizados bajo esa norma, como Ud, bien sabe y conoce.

Quienes están detenidos por este caso, luego de haber sido rechazado en el Senado un proyecto de ley que presentamos junto a los senadores Guido Girardi y Juan Pablo Letelier, en mayo del año 2006, que buscaba se concediera la libertad condicional a condenados por conductas terroristas y otros delitos, en causas relacionadas con reivindicaciones violentas de derechos consagrados en la ley N° 19.253 o Ley Indígena, optaron a partir del 10 de octubre pasado, por llevar adelante una huelga de hambre indefinida, hasta las últimas consecuencias, como medida de presión por sus demandas.

Al cabo de 67 días de huelga, tres comuneros mapuches -José Huenchunao, Jaime Marileo y Juan Millalen- optaron por abandonar la movilización, al aceptar la mediación del obispo de Temuco, Camilo Vial, para la instalación de una mesa de negociaciones con el Gobierno, en busca de respuestas a los tres puntos de su petitorio: libertad a los presos políticos mapuches, desmilitarización de la zona en conflicto y fin a los allanamientos policiales.

Sin embargo, tanto Patricia Troncoso como Héctor Llaitul decidieron continuar con el ayuno, por lo menos hasta que se de inicio efectivo a esa mesa de diálogo y señalando que para desistir definitivamente de estas medidas de presión también es necesario el compromiso de no aplicar la Ley Antiterrorista, por la cual hoy se encuentran encarcelados. Patricia debió ser internada en la Unidad de Tratamientos Intensivos del Hospital de Angol, tras 74 días en huelga de hambre. Un destino similar espera a Héctor. Ambos han visto deteriorado su estado de salud debido, entre otras razones, a que han perdido cerca de 25 kilos de peso.

Como Ud. recordará, el caso Poluco Pidenco fue un incendio a bosques de la forestal Mininco, ocurrido en diciembre de 2001, por el cual -a pesar de que no hubo víctimas fatales- a sus supuestos autores se les juzgó con "testigos sin rostros" y se les aplicó la Ley Antiterrorista, lo que elevó gravemente las condenas en relación a lo que les habría correspondido de ser procesados como delitos comunes.

Patricia Troncoso, Juan Huenulao, Jaime Marileo y Juan Marileo, presos mapuches de la cárcel de Angol, fueron acusados y condenados en la causa de “incendio terrorista” a 10 años y un día, más el pago de una indemnización de $424.964.798 a la empresa forestal Mininco.

Todos ellos ya han cumplido cinco años de presidio.

Respetado Sr. Stavenhagen. Sabemos de su preocupación y de las comunicaciones que ha dirigido en distintas oportunidades al gobierno de Chile haciéndola presente. Creemos que estamos frente a un situación crítica, de la mayoir gravedad, especioalmente en términos de seguridad para la vida de aquellas personas recluidas que, efectivamente, tienen la decisión de llegar hasta las últimas consecuencias.

Creemos también que una opinión, una intervención o la apertura de un espacio de mediación a través de su persona podría abrir puertas para avanzar en un proceso estancado. No queremos tener que lamentar una o varias muertes para reaccionar.

En el actual escenario, habíamos pensado insistir en una petición de amnistía por parte de la Presidenta Michelle Bachelet. Sin embargo, los quórum de respaldo legislativo que una decisión de este tipo debiera tener, y especialmente a la luz de lo ocurrido con el proyecto rechazado el 2006, nos hacen considerarla absolutamente inviable.

Por lo anterior, hemos considerado oportuno y necesario informar a Ud. que el propio gobierno de Chile envió a trámite legislativo un mensaje (Boletín N°4298-07, con fecha 5 de julio de 2006), para excluir de la aplicación de la Ley Antiterrorista los delitos contra la propiedad3. La aprobación de este proyecto de ley del gobierno beneficiaría a los presos mapuches, pues la rebaja de penas es retroactiva, de acuerdo al artículo 18 del actual Código Penal.

En razón de ello le hemos solicitado a la Presidenta que pueda poner la mayor urgencia posible a este proyecto, que no ha tenido trámite legislativo alguno desde su ingreso a la Comisión de Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Hemos señalado nuestra confianza en la palabra que nuestra Jefa de Estado empeñó ante el país, de no utilizar la Ley Antiterrorista en contra de los mapuches en el futuro. Creemos que también es posible hacer un esfuerzo para corregir los casos pasados. De hecho, en el mismo proyecto de ley citado se señala que: “La ley N°18.314, como antes se señalara, protege variados bienes jurídicos, entre los cuales hoy se encuentra el de propiedad. Dicha protección a través de esta legislación especial no aparece adecuada”.

Creemos que este puede ser un importante paso en la búsqueda de una solución, si es que llegara a materializarse. De hecho el texto que se busca derogar de esta normativa autoritaria es la misma que ha sido utilizada en otras ocasiones por el propio Estado para iniciar acciones contra mapuches ante la ocurrencia de hechos delicitivos en los que se les imputa alguna responsabilidad.

Nos sigue doliendo la incapacidad del Estado Chileno y sus instituciones para dar saltos cualitativos en su relación con los pueblos originarios, porque nos hiere ver como mientras ex agentes del Estado que violaron probada y sistemáticamente los Derechos Humanos en nuestro país gozan aún de libertad o han recibido condenas muy menores por sus atroces crímenes, hermanos indígenas deban pasar largos años en una cárcel por un delito donde no hubo heridos, ni muertos y cuyo proceso es, a lo menos, cuestionable.

Por todo lo anteriormente expresado, tengo a bien, respetuosamente, solicitar a Ud. pueda evaluar los antecedentes que le hemos expuesto, especialmente en relación a la posibilidad de lograr se de máxima celeridad al proyecto citado que permitiría lograr la libertad de los comuneros mapuches actualmente detenidos, así como la revisión de sus procesos, y asimismo pueda hacer llegar su opinión al gobierno de Chile apoyando esta vía de solución, en atención a que se trata de una iniciativa del propio Ejecutivo.

Sin otro particular, agradeciendo su permanente atención a la situación de los derechos de los pueblos originarios, le saluda atentamente,

Alejandro Navarro Brain
Senador de la República de Chile