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2019-01-29 | Documentos de Trabajo | Mapuche¿Quién administra los derechos indÃgenas?El Derecho a la Autodelimitación, se ha operacionalizado con el concepto de mesas territoriales, que canaliza la inversión pública de proyectos asistenciales. La Autodisposición Interna, ha sido operacionalizado, con instituciones como comunidades y asociaciones indÃgenas con personalidad jurÃdica, con concesiones a otros tipos de representaciones como situación particular. La Autodisposición Externa ha sido trabajada desde la participación indÃgena, es decir, como se representa ante el Estado, en un consejo de pueblos indÃgenas, por dar un caso.
Anselmo Ranguileo, se apega al concepto autodeterminación de las naciones de Vladimir Lenin (1914), el cual surge de la cuestión nacional de los paÃses en la órbita del imperio ruso, en la cual los intereses de los explotados son la base no solo para un reconocimiento de la nación polÃtica, sino el régimen que adoptará un Estado autodeterminado. José Mariman, con una discusión proveniente de Europa sobre el derecho autodeterminación de los pueblos bajo un Estado Nación, demostraba el contexto de democratización para construir fórmulas alternativas al separatismo y federalismo, en la cual se reconocÃa que un estado podÃa contener a más naciones. A mediados de los 80â, los Miskitos (la contra sandinista) pasa a ser el primer pueblo indÃgena en América Latina que obtenÃa la AutonomÃa en Nicaragua, en el contexto de una revolución marxista. A esa misma fecha, se crea el Grupo de Trabajo IndÃgena en la ONU, en la cual se plantea la autodeterminación para los pueblos indÃgenas, es más los mapuche en el exilio se vinculan en este proceso. El contexto de la Dictadura hacÃa que temas de carácter estratégico solo se discutieran en cúpulas y no se abrÃan a todos los militantes. Por otro lado, los partidos de izquierdas veÃan a los mapuche como campesinos y no como pueblo, lo que limitó aún más la discusión. Sin embargo, afines de los 80â organizaciones mapuche pudieron acceder al borrador del convenio 169 de la OIT, que fue donde se derivó la discusión mundial de los derechos colectivos de los pueblos. Este giro influyo en los puntos comprometidos por el entonces precandidato presidencial Patricio Aylwin, en el acuerdo de Nueva Imperial (1989), principalmente en el uso de conceptos como Pueblo y Territorio. A principio de los 90â, el Estado a través de la CEPI, las Cooperaciones Internacionales y ONGs, generaron seminarios, capacitaciones, talleres para abordar los Derechos IndÃgenas, la Historia de la legislación indÃgena, el convenio 169 de la OIT, y reconocimiento constitucional. Un segundo hito fue la discusión del borrador de la ley indÃgena en 1991, en la que participaron varias organizaciones y comunidades mapuche, en él consideraba el concepto de pueblo y territorio, que finalmente fueron remplazados por âetniaâ y âtierrasâ en la ley promulgada en 1993. Quienes no participan en la discusión de la Ley, como el Consejo de Todas las Tierras o CEDEM Liwen, comienzan a escribir y difundir sus ideas sobre la autonomÃa y autodeterminación, incluso generan propuestas en torno a estos temas. Contrario a lo que se pensaba la discusión de los derechos colectivos inició un camino fuera de las organizaciones mapuche y se adentró en el Estado. El Estado, a través de la CONADI, continúa la discusión con talleres y capacitaciones sobre derechos indÃgenas: ley indÃgena, Convenio 169 de la OIT y reconocimiento constitucional, incluso generan el Programa IndÃgena de Derechos IndÃgenas (PIDI) en el 2000, que tenÃan por finalidad educar a los dirigentes y sus organizaciones en sus derechos como pueblo. Los Ministerios como Educación en el Programa de Educación Intercultural Bilingüe y Salud en el Programa Especial de Salud de Pueblos IndÃgenas siguieron esta lÃnea, asà como los Programas de Desarrollo, que se instalaron en estos últimos 20 años, tales como ORÃGENES-BID (2003-2012), Chile IndÃgena, (2013 a la actualidad) y PDTI-INDAP (2015 a la actualidad). Fácilmente estos programas, en su totalidad, han cubierto a un 80% o 90% de las casi 7.000 comunidades mapuche que hoy existen, y han capacitado a más de 25.000 personas. Hoy las consultas indÃgenas son obligatorias para tratar temas indÃgenas en la administración pública, de acuerdo al decreto supremo 66 del Ministerio de Desarrollo Social, del 2013, en los encuentros una y otra vez se instalan temas como la autodeterminación, la representación e institucionalidad, asà como temas sectoriales. La consulta del Ministerio y Consejo IndÃgena involucró en la AraucanÃa a 2.500 personas y a 6.833 a nivel nacional. En estos 5 años se han realizado más de cinco consultas âCultura, Medio Ambiente, Salud Intercultural, Educación Intercultural y Reconocimiento Constitucionalâ, en las que se discutieron los derechos colectivos, con asesores para las comunidades y con representantes de los ministerios respectivos. Aun asÃ, gran parte de estas discusiones se da entre el Estado y los dirigentes, es por ello que chilenos y mapuche desconocen los derechos indÃgenas y circunscriben el conflicto al tema de tierras. En estos últimos 15 años han proliferado los diplomados en derechos indÃgenas, asà como los módulos de derechos indÃgenas en diversos programas de estudios, pero todo termina reduciéndose al ámbito del Estado, y no de la sociedad civil. Hoy el Estado ha operativizado ámbitos de la autodeterminación como el Derecho a la Autoafirmación, a través del concepto de identidad indÃgena que maneja cada programa o en la autoadscripción en un censo. El Derecho a la Autodefinición o ciudadanÃa está dado por la calidad indÃgena de la CONADI, necesario para obtener beneficios sociales. El Derecho a la Autodelimitación, se ha operacionalizado con el concepto de mesas territoriales, que canaliza la inversión pública de proyectos asistenciales. La Autodisposición Interna, ha sido operacionalizado, con instituciones como comunidades y asociaciones indÃgenas con personalidad jurÃdica, con concesiones a otros tipos de representaciones como situación particular. La Autodisposición Externa ha sido trabajada desde la participación indÃgena, es decir, como se representa ante el Estado, en un consejo de pueblos indÃgenas, por dar un caso. El Estado administro los derechos indÃgenas en su difusión y aplicabilidad, definiendo los contextos y las acciones que están ligados a los derechos, pero no todo es su culpa, la falta de definiciones unitarias propias, compartidas por todo el pueblo mapuche, en un ejercicio de autoconsulta o referéndum interno, dejo un vacÃo que habÃa que cubrir para generar polÃticas públicas. La Autodetreminación no puede ser definida por una burocracia, ni dirigentes ni intelectuales, debe ser definida por un pueblo informado y que decida de manera amplia el sentido que le va a dar. Por: Sergio Caniuqueo Fuente: Centro de Documentación Mapuche, Ñuke Mapu |
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